http://osluz.unizar.es/files/iconos/128x128/apps/cash.pngEsta Resolución, que se aplicará sin efectos retroactivos en la formulación de las cuentas anuales individuales y consolidadas de los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2015, es un desarrollo del PGC, el PGC de Pymes y las Normas para la Formulación de las Cuentas Anuales Consolidadas, que deben aplicar obligatoriamente todas las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica. Se aplicará para la determinación de los costes de los productos sean bienes o servicios elaborados por la entidad en todo o en parte, con independencia de que sean existencias, inmovilizado material o intangible.


El Instituto
de Contabilidad y Auditoría de Cuentas
(ICAC) ha publicado una
nueva Resolución de 14 de abril de 2015, que desarrolla los criterios de
determinación del coste de producción, regulados en el Plan General de
Contabilidad, el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas y
las Normas para la Formulación de las Cuentas Anuales Consolidadas, siendo
necesario establecer una norma que aclare los criterios que, con carácter
general, deben ser tenidos en cuenta para llevar a cabo esta valoración,
partiendo de lo establecido en el PGC y en la Resolución de 9 de mayo de 2000
del ICAC, por la que se establecen criterios para la determinación del coste de
producción.
Ámbito
de aplicación
Se aplicará sin efectos retroactivos en la
formulación de las cuentas anuales individuales y consolidadas de los
ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2015, y es de aplicación
obligatoria para todas las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que deban
aplicar dichas normas, tanto en la formulación de las cuentas anuales
individuales como en la elaboración de las cuentas consolidadas. En tal caso,
los criterios incluidos en la Resolución se aplicarán teniendo en cuenta la
situación del grupo de sociedades como sujeto contable o entidad que informa.
Afecta
a las existencias y al inmovilizado
Será de aplicación, con carácter general, para la
determinación del coste de los productos –bienes y servicios– comprendidos en
las existencias, que sean o hayan sido fabricados o elaborados por la entidad.
También es aplicable para la determinación del coste del inmovilizado, material
o intangible, fabricado o construido por la entidad, en todo o en parte.
Coste
de producción
La Primera Parte del PGC, Marco Conceptual de la
Contabilidad (MCC), y en la Segunda Parte, Normas de Registro y Valoración
(NRV), se hace referencia al coste de producción como criterio de valoración de
elementos patrimoniales.
De acuerdo con los criterios recogidos en el PGC,
los rasgos o características que delimitan el modelo para determinar el coste
de producción son los siguientes:
 http://anfix.tv/wp-content/uploads/2014/07/resultado-contable-y-fiscal.jpg
Por otro lado, en el marco del PGC de 1990, con
ocasión de determinadas adaptaciones sectoriales, se han ido recogiendo normas
específicas en las que se alude al coste de producción aplicable a los sectores
de actividad a que van dirigidas dichas adaptaciones; entre otras:
Las empresas que venían aplicando las adaptaciones
sectoriales del PGC de 1990, en los ejercicios iniciados a partir del 1 de
enero de 2008, están obligadas a seguir el nuevo PGC, sin perjuicio de que
puedan seguir considerando los criterios incluidos en las adaptaciones como un
adecuado referente interpretativo en todo aquello que no se oponga al nuevo PGC
o sus disposiciones de desarrollo.
En esta nueva Resolución del ICAC, existe una norma
específica para empresas constructoras, inmobiliarias, sector vitivinícola y
federaciones deportivas.
Además, recientemente se ha publicado la Resolución
de 1 de marzo de 2013 del ICAC por la que se dictan normas de registro y
valoración del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias y la
Resolución de 28 de mayo de 2013 por la que se dictan normas de registro,
valoración e información a incluir en la memoria del inmovilizado intangible.
Ambas inciden también en determinados aspectos relacionados con el coste de
producción.
Sobre la base de todo lo expuesto, se deduce la
necesidad de delimitar y establecer los criterios para cuantificar el coste de
producción, mediante el desarrollo de las referidas normas de registro y
valoración del PGC y, al mismo tiempo, recoger y aclarar los criterios para
determinar el coste de producción incluidos en las diferentes adaptaciones
sectoriales del PGC y en las resoluciones y consultas emitidas por el ICAC.
Principales novedades
Entre
los todos los aspectos regulados en la Resolución, podemos destacar algunos de
ellos:
http://www.gvasesores.es/wp-content/uploads/2012/05/contabilidad.jpg 
Otros aspectos a tener en
cuenta…
Pueden ponerse en contacto
con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener
al respecto.
Un cordial saludo,
Jose María Quintanar Isasi

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