
El Tribunal Supremo en sentencia 116/2026 declara ilegal que los empleadores pidan al médico privado si la consulta entra en sanidad pública o cabía fuera de horario. Atención, para a RRHH y empresas: no se pueden exigir papeles médicos sensibles del sector privado en permisos retribuidos.
El Tribunal Supremo (TS), en su sentencia 116/2026 de 3 de febrero, pone punto final a una práctica habitual en muchas empresas: exigir al médico privado que certifique si la consulta entra en la cartera pública de la Seguridad Social y si no cabía fuera de horario. Todo surge de un conflicto empresarial donde el convenio da permiso retribuido para revisiones médicas en jornada si están en la cartera pública, pero la empresa pedía ese papelito extra para privados.
¿Qué dice el convenio y qué hacía la empresa?
El pacto colectivo permite ausentarse el tiempo justo para revisiones incluidas en servicios públicos durante la jornada. La compañía, para controlar abusos, exigía en privados una declaración del médico: «esto está en cartera pública y no se podía fuera de trabajo». El Tribunal Superior de Galicia dijo no, y el Supremo lo confirma: el convenio no pide eso, solo limita a servicios públicos, sin detallar controles.
- Atención: Interpretad el convenio literal amplía el ET, pero no se invente requisitos extras que carguen al médico la prueba.
Por qué el médico privado no pinta nada aquí
El médico de la clínica particular no tiene por qué saber si su consulta cabe en pública ni el horario laboral (eso es cuestión legal, no médica). Sus papeles se limitan a la Ley 41/2002: certificados de salud gratis si ley lo dice, y documentación clínica básica. No es su competencia verificar carteras públicas o agendas.
- Atención: Obligarles vulnera su autonomía (podrían negarse, y el trabajador tiene derecho al permiso sin ese filtro).
El palo a los datos personales: historia clínica intocable
Más grave: pedir esa información es meterse en historia clínica, datos sensibles y titularidad del centro privado. Solo se tratan para asistencia sanitaria por profesionales con secreto. La empresa no entra ahí, es comunicación indebida de datos médicos.
- Atención: Si lo hace, tiene el riesgo de demandas por protección datos y multas.
Qué pasa ahora en la práctica
La empresa debe conceder el permiso igual para público o privado, siempre que sea cartera pública y durante jornada. Justificantes normales (cita o alta), sin declaraciones juradas del médico. Si hay abuso, usad facultades generales del ET (art. 20.4), pero sin pisar derechos.
- Atención: Negociad si queréis más controles. Unilateral no vale, y menos con sindicatos pendientes.
Desde el despacho os recomendamos actualizar políticas de permisos, formar a RRHH y revisar convenios para evitar conflictos. Si tiene problemas abiertos o quiere un pacto con comité, contad con nosotros para redactarlo blindado.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,
José María Quintanar Isasi