El Gobierno ha aprobado el Anteproyecto de Ley de Servicios de Pago, que obliga a todo empresario o profesional a ofrecer a los clientes un sistema de pago alternativo al dinero en efectivo cuando el importe de las transacciones supere los 30 euros. Este instrumento de pago alternativo deberá anunciarse en algún lugar visible del local, establecimiento o instalaciones del empresario o profesional.
Cuando
entre en vigor la futura Ley de Servicios de Pago, los comerciantes estarán
obligados a poner a disposición de los clientes datáfonos o servicios
alternativos de pago para abonar cualquier transacción por importe superior a
los 30 euros. Así consta al menos en el Anteproyecto de Ley aprobado el pasado
viernes por el Consejo de Ministros. La norma transpone la Directiva 2015/2366,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre.
entre en vigor la futura Ley de Servicios de Pago, los comerciantes estarán
obligados a poner a disposición de los clientes datáfonos o servicios
alternativos de pago para abonar cualquier transacción por importe superior a
los 30 euros. Así consta al menos en el Anteproyecto de Ley aprobado el pasado
viernes por el Consejo de Ministros. La norma transpone la Directiva 2015/2366,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre.
Esta
nueva norma impulsada por el Ministerio de Economía da un paso más allá de la
Directiva europea, ya que no obligará a utilizar los habituales TPV (Terminal
Punto de Venta), sino que cualquier sistema de pago alternativo será viable.
nueva norma impulsada por el Ministerio de Economía da un paso más allá de la
Directiva europea, ya que no obligará a utilizar los habituales TPV (Terminal
Punto de Venta), sino que cualquier sistema de pago alternativo será viable.
Pero,
¿con qué alternativas podrán contar los clientes? Además de las tarjetas de
crédito o débito, también existen los llamados servicios de iniciación de
pagos, unos sistemas que implican un pago electrónico sin necesidad de sacar la
tarjeta de la cartera. Así, puede ser una aplicación que conecta directamente
con el banco, una cartera virtual u otras aplicaciones de las llamadas fintech.
¿con qué alternativas podrán contar los clientes? Además de las tarjetas de
crédito o débito, también existen los llamados servicios de iniciación de
pagos, unos sistemas que implican un pago electrónico sin necesidad de sacar la
tarjeta de la cartera. Así, puede ser una aplicación que conecta directamente
con el banco, una cartera virtual u otras aplicaciones de las llamadas fintech.
Se fija en 50 euros la
pérdida máxima para el cliente
pérdida máxima para el cliente
Otra
de las medidas más novedosas que incluye la nueva regulación es la referida a
la exigencia de una autentificación reforzada del cliente en el acceso online
de cuentas. El Anteproyecto reduce además de 150 euros a 50 euros las pérdidas
máximas que un cliente debe asumir en el caso de que se produzca una operación
de pago no autorizada como consecuencia del extravío o robo de ese instrumento
de pago.
de las medidas más novedosas que incluye la nueva regulación es la referida a
la exigencia de una autentificación reforzada del cliente en el acceso online
de cuentas. El Anteproyecto reduce además de 150 euros a 50 euros las pérdidas
máximas que un cliente debe asumir en el caso de que se produzca una operación
de pago no autorizada como consecuencia del extravío o robo de ese instrumento
de pago.
Dos nuevos servicios de
pago
pago
La
Directiva introduce diferentes novedades en este sector, como la introducción
de nuevos operadores, los servicios de iniciación de pagos o los agregadores de
cuentas, dando acceso a estos a la infraestructura de los bancos, en nombre y
previa autorización del cliente. Así, la futura Ley introduce dos nuevos
servicios de pago:
Directiva introduce diferentes novedades en este sector, como la introducción
de nuevos operadores, los servicios de iniciación de pagos o los agregadores de
cuentas, dando acceso a estos a la infraestructura de los bancos, en nombre y
previa autorización del cliente. Así, la futura Ley introduce dos nuevos
servicios de pago:
·
Por un lado, los de
iniciación de pago, que son intermediarios entre comerciantes y consumidores y
que garantizan el pago del consumidor al comerciante directamente,
constituyendo una alternativa a los pagos con tarjeta.
Por un lado, los de
iniciación de pago, que son intermediarios entre comerciantes y consumidores y
que garantizan el pago del consumidor al comerciante directamente,
constituyendo una alternativa a los pagos con tarjeta.
·
Por otro lado, los
servicios de información sobre cuentas (agregadores de cuentas), que son
entidades que consolidan toda la información de las diversas cuentas que tiene
abiertas un usuario en diferentes entidades y que permite, por ejemplo, el pago
con los móviles.
Por otro lado, los
servicios de información sobre cuentas (agregadores de cuentas), que son
entidades que consolidan toda la información de las diversas cuentas que tiene
abiertas un usuario en diferentes entidades y que permite, por ejemplo, el pago
con los móviles.
Trámite parlamentario
El
texto debe obtener aún los dictámenes correspondientes y volverá de nuevo al
Consejo de Ministros para ser aprobado como Proyecto de Ley e iniciar la
tramitación parlamentaria.
texto debe obtener aún los dictámenes correspondientes y volverá de nuevo al
Consejo de Ministros para ser aprobado como Proyecto de Ley e iniciar la
tramitación parlamentaria.
Les mantendremos informados de las novedades que se
introduzcan el texto normativo en su tramitación por el Congreso y su
aprobación.
introduzcan el texto normativo en su tramitación por el Congreso y su
aprobación.
Pueden
ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o
aclaración que puedan tener al respecto.
ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o
aclaración que puedan tener al respecto.
Un
cordial saludo,
cordial saludo,
José María Quintanar Isasi