Resultado de imagen de RÉGIMEN DE MÓDULOSSe ha hecho público el Proyecto de Orden, por la que se desarrollan para el año 2018 el método de estimación objetiva (”módulos”) del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA. Se mantienen para el ejercicio 2018 la cuantía de los signos, índices o módulos, así como las instrucciones de aplicación. Asimismo, se mantiene la reducción del 5 % sobre el rendimiento neto de módulos. Si usted es un empresario individual y puede tributar en módulos o en estimación directa en el IRPF, antes de que finalice el año 2017 analice cuál de estos métodos le interesa más…

Con fecha de 10 de noviembre
de 2017, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, ha publicado el Proyecto
de Orden, por la que se desarrollan para el año 2018 el método de estimación
objetiva (“Módulos”) del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Dicho Proyecto, mantiene la
estructura de la Orden de 2017 y en relación con el IRPF, se mantienen para el ejercicio 2018 la cuantía de los signos,
índices o módulos, los índices así como las instrucciones de aplicación.
Asimismo, se mantiene la reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos
derivada de los acuerdos alcanzados en la Mesa del Trabajo Autónomo.
Por lo que se refiere al IVA, también se mantienen para 2018, los
módulos, así como las instrucciones para su aplicación, aplicables en el
régimen especial simplificado en el año inmediato anterior.
Por último, se mantiene para
este periodo la reducción sobre el rendimiento neto calculado por el método de
estimación objetiva del IRPF y sobre la cuota devengada por operaciones
corrientes del régimen especial simplificado del IVA para las actividades
económicas desarrolladas en el término municipal de Lorca.
RÉGIMEN TRANSITORIO. EXCLUSIÓN DE MÓDULOS
Hay que tener presente que de
manera transitoria para los años 2016 y 2017, la Ley 48/2015 de 29 de octubre,
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, modificó los límites
(elevando determinadas magnitudes) tanto para la aplicación del método de
estimación objetiva del IRPF como para el régimen simplificado del IVA.
No obstante, después de la
reforma fiscal del IRPF y de IVA se estableció en la normativa que
a partir del 1 de enero de 2018 se endurecerían las condiciones para
que los autónomos tributaran por módulos. Estaba previsto que el límite de
facturación a partir del cual se veta la tributación en módulos bajara el
próximo año de los 250.000 a los 150.000 euros y, en el caso de facturación a
otras empresas, de 125.000 euros a 75.000 euros.
Sin embargo, la voluntad de
Hacienda es mantener el régimen transitorio y salvaguardar al menos un
ejercicio más los límites incrementados, salvo cambios de última hora.
Magnitudes excluyentes de
carácter general (Módulos IRPF)
:
·        
El límite general del volumen de rendimientos íntegros del año anterior
no puede superar los 250.000€, igualándolo al límite especial establecido para
actividades agrícolas, ganaderas y forestales.
·        
El límite del volumen de rendimientos íntegros del año anterior
correspondiente a operaciones por las que estén obligados a expedir factura los
empresarios en módulos, no podrá superar los 125.000€.
·        
Asimismo, el límite en el volumen de compras y servicios en el ejercicio
anterior, que no pueden superar los empresarios en módulos previsto para
continuar en el régimen será de 250.000€.

Renuncia o revocación
Los contribuyentes que
desarrollen actividades a las que sea de aplicación el método de estimación
objetiva o los sujetos pasivos del IVA a los que sea de aplicación el régimen
especial simplificado y deseen renunciar a él o revocar su renuncia para 2018,
podrán hacerlo desde que se publique en el BOE la Orden hasta el 31 de
diciembre de 2017.
Les iremos informando tanto de la publicación de la
Orden de módulos de 2018 como de los posibles cambios que se puedan aprobar por
el Gobierno.
Recuerde que si usted es un empresario individual y
puede tributar en módulos o en estimación directa, antes de que finalice el año
2017 le conviene analizar cuál de estos métodos le interesa más…
Pueden ponerse en contacto
con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener
al respecto.

Un cordial saludo,
José María Quintanar Isasi

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