Resultado de imagen de BASE DE COTIZACIÓN autonomosA partir del año próximo, los autónomos podrán cambiar de base de cotización hasta 4 veces al año (el día primero de abril, julio, octubre y enero). En la actualidad se permiten 2 cambios al año.

Como
ya le hemos venido informando, la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes
del Trabajo Autónomo, trae importantes novedades para los trabajadores por
cuenta propia. Entre ellas, queremos recodarles que desde el 01-01-2018, se
establece que los autónomos podrán
cambiar de base de cotización hasta 4 veces al año (el día primero de abril,
julio, octubre y enero). En la actualidad se permiten 2 cambios al año (antes
del 1 de mayo, con efectos desde el primero de julio siguiente; y antes del
primero de noviembre, con efecto desde el primero de enero del ejercicio
siguiente).  
Con esta reforma, a partir del 01-01-2018, los trabajadores autónomos
podrán cambiar hasta 4 veces al año, la base por la que viniesen obligados a
cotizar, eligiendo otra dentro de los límites mínimo y máximo que les resulten
aplicables en cada ejercicio, siempre que así lo soliciten a la TGSS.
Con la nueva regulación los cambios de bases
tendrán los siguientes efectos:
a) 1 de abril, si la
solicitud se formula entre el 1 de enero y el 31 de marzo.
b) 1 de julio, si la
solicitud se formula entre el 1 de abril y el 30 de junio.
c) 1 de octubre, si la
solicitud se formula entre el 1 de julio y el 30 de septiembre.
d)
1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de octubre
y el 31 de diciembre.
Pueden
ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o
aclaración que puedan tener al respecto.

Un
cordial saludo,

José María Quintanar Isasi

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