Resultado de imagen de afectados por las lluvias españaLas solicitudes deberán presentarse antes del 1 de diciembre acreditando haber sufrido daños o pérdida de actividad en la los municipios afectados por las lluvias y desbordamientos.

Tras las últimas lluvias que ha sufrido la
península las últimas semanas, la Tesorería General de la Seguridad
Social (TGSS), ha autorizado que las empresas o autónomos de la Isla de
Mallorca (Resolución de 5 noviembre 2018) y de las provincias de Málaga,
Sevilla, Cádiz, Valencia, Castellón, Tarragona y Teruel, así como en la
Comunidad Autónoma de las Illes Balears (Resolución de 6 noviembre de
2018) puedan diferir el pago de la cuota a la Seguridad Social.
Beneficiarios

Empresas que tengan trabajadores en alta, y a los trabajadores por
cuenta propia, incluidos en cualquier régimen del sistema de la
Seguridad Social, que acrediten haber resultado afectados por las
lluvias y desbordamientos que han determinado la declaración como «zonas
afectadas gravemente por una emergencia de protección civil» de las
provincias de Málaga, Sevilla, Cádiz, Valencia, Castellón, Tarragona y
Teruel, así como de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en
virtud del Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de noviembre de 2018, y
que así lo soliciten.
Y también de diversos municipios de la Isla de Mallorca, por el
Acuerdo de Consejo de Ministros de 19 de octubre de 2018, y que así lo
soliciten.
Medidas

La autorización les permitirá diferir el plazo reglamentario de
ingreso de las cuotas de la Seguridad Social por todas las
contingencias, así como por los conceptos de recaudación conjunta con
aquellas, correspondientes a 6 meses naturales consecutivos.
El cómputo del diferimiento se iniciará:
· En la liquidación correspondiente al mes de octubre de 2018;
· Para los trabajadores incluidos en el RETA en la liquidación correspondiente al mes de noviembre de 2018.
Las cuotas cuyo pago se difiera deberán ingresarse mensualmente desde
el mes de noviembre de 2019 hasta el mes de abril de 2020, sin
aplicación de recargo o interés alguno.
Debe tenerse en cuenta que el descuento de las aportaciones de los
trabajadores por cuenta ajena a la cotización y su ingreso deberán
efectuarse dentro de plazo reglamentario.
Solicitudes

Las solicitudes, que deberán presentarse antes del 1 de diciembre de
2018, deberán ir acompañadas de la documentación acreditativa de los
daños sufridos o de la pérdida de actividad de ellos derivada, expedida
por el respectivo ayuntamiento, por el órgano insular o autonómico
competente o por la respectiva Subdelegación o Delegación del Gobierno,
o, en su caso, de resolución o comunicación del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, o de la Entidad Estatal de Seguros
Agrarios (ENESA), en la que conste la condición de beneficiario de
indemnizaciones otorgadas a consecuencia de los daños causados por las
lluvias torrenciales y desbordamientos de torrentes acaecidos los días
9, 18, 19, 20 y 21 de octubre de 2018.
Se delega en los titulares de las Direcciones Provinciales de la
Tesorería General de la Seguridad Social de Málaga, Sevilla, Cádiz,
Valencia, Castellón, Tarragona, Teruel e Illes Balears la competencia
para resolver las solicitudes que se reciban al efecto, correspondientes
a su respectiva provincia.
La no utilización del plazo de ingreso diferido, una vez autorizado
el mismo, no dará derecho a la devolución de las cuotas ingresadas.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,
José María Quintanar Isasi

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