Resultado de imagen de REFORMA PARA LOS AUTÓNOMOSEl Congreso ha aprobado la proposición de Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, que incorpora nuevas medidas, que mejora su fiscalidad permitiendo deducciones de gastos corrientes, la protección social y familiar, y favorece el emprendimiento y el relevo generacional de los autónomos.

Como habrá visto por diversos
medios de prensa y de comunicación, la Comisión de Empleo del Congreso de los
Diputados ha aprobado el pasado 29 de junio por unanimidad la proposición de
Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, una norma que incluirá algunas
medidas de mejora para este colectivo: mejora su fiscalidad permitiendo
deducciones de gastos corrientes, la protección social y familiar, y favorece
el emprendimiento y el relevo generacional de los autónomos.
A continuación, les
destacamos un avance de las principales medidas de esta norma que una vez haya
sido aprobada en la Comisión de Empleo del Congreso de los Diputados, pasará al Senado, para la posible
presentación de enmiendas,
que no son previsibles al haberse aprobado por
unanimidad, y después volverá al Congreso. 
Se estima que la mayor parte de
las medidas
puedan comenzar a
aplicarse a partir del próximo mes de septiembre
, una vez que la ley haya
sido publicada en el BOE y entre en vigor.
Principales medidas previstas para los autónomos
·        
Si se es autónomo en edad de jubilación, y se
tienen al menos un trabajador contratado, se podrá compaginar la actividad con
el 100% de la pensión, en lugar del 50% de la pensión que se establecía hasta
ahora en caso de continuar con la actividad.
·        
Se permite darse de alta y de baja para pagar
solo por los días trabajados.
·        
Únicamente pagarán por los periodos
efectivamente trabajados (3 altas y 3 bajas al año permitidas).
·        
Se amplía la tarifa plana de 50 euros de 6 meses
a un año, y pasados dos años desde la finalización de la actividad, los
autónomos podrán volver a acogerse a esta tarifa.
·        
Devolución de la parte correspondiente por
exceso de cotización en caso de pluriactividad sin tener que solicitarlo.
·        
Bonificación 100% de la cotización a la
Seguridad Social para trabajadores autónomos durante descanso por maternidad,
paternidad, adopción etc.
·        
Se aumenta hasta 12 años (antes 7) la edad de
menores a cargo que da derecho al reconocimiento de la bonificación por
conciliación.
·        
Exención del 100% de la cuota de autónomos
durante 12 meses por cuidado de menores o dependientes.
Puede ver el texto de la
norma aquí:
http://www.laboral-social.com/sites/laboral-social.com/files/BOCG-12-B-56-5.PDF
Ver informe de Gobierno:
http://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/documents/2017/refc20170629e_1.pdf
Pueden ponerse en contacto
con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener
al respecto.

Un cordial saludo,

José María Quintanar Isasi

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