Resultado de imagen de Aviso de presentación de modelos y plazos de declaración. IRPF, IVA, y Sociedades. Enero 2019Le recordamos que el próximo día 21 de enero es la fecha límite para presentar y en su caso proceder al ingreso del 4 TRIMESTRE del 2018 correspondiente a las retenciones e ingresos a cuenta de Renta y Sociedades correspondientes a rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas (Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136, 210, 216).

Atención: también se deben presentar hasta esa fecha los siguientes modelos:
  • Modelo 136. IRPF. IRNR. Gravamen Especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas. Autoliquidación.
  • Modelo 210. Impuesto sobre la Renta de no Residentes. No residentes sin establecimiento permanente. Declaración ordinaria.
  • Modelo 216. Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
    Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente.
    Retenciones e ingresos a cuenta.
También hasta el día 21 de ENERO tiene de plazo para
presentar el Modelo 039 sobre Comunicación de datos (comunicación de
incorporaciones en el mes de diciembre), relativa al régimen especial del grupo de entidades en el IVA.
Asimismo, le recordamos que el día 30 de ENERO es la fecha límite para presentar y en su caso proceder al ingreso del 4º TRIMESTRE 2018 correspondiente al  IVA
(entre otros, el Modelo 303 de autoliquidación del IVA y el modelo 349
Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias) y el Pago fraccionado del IRPF en relación a las actividades empresariales y profesionales (Modelos 130 y 131). También se ha de presentar el RESUMEN ANUAL del IVA 2018 (Modelo 390). 
Hasta el 31 de ENERO también se podrá presentar el RESUMEN ANUAL 2018 de retenciones e ingresos a cuenta de Renta y Sociedades: rendimientos
del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias
patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y
participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de
arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas
autorizadas y saldos en cuentas (Modelos 180,188, 190, 193,193-S, 194, 196 y 270).
Aprovechamos la ocasión para recodarles otras obligaciones (declaraciones informativas) hasta el 31 de ENERO:
  • Declaración informativa de certificaciones
    individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o
    reciente creación. Resumen anual 2018 (Modelo 165)
  • Declaración informativa de entidades en régimen
    de atribución de rentas (Comunidades de bienes, Sociedades Civiles,
    Herencias yacentes…). Año 2018 (Modelo 184).
  • Declaración informativa de préstamos y créditos y
    otras operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles.
    Declaración anual 2018 (Modelo 181)
  • Donativos, donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas. Declaración anual 2018 (Modelo 182)
  • Declaración informativa de adquisiciones y
    enajenaciones de acciones y participaciones en instituciones de
    inversión colectiva. Declaración anual 2018 (modelo 187)
Atención:
Nueva declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos (modelo 179): Hasta
el 31 de enero, las entidades intermediarias entre propietario e
inquilino de viviendas vacacionales, tendrán la obligación de presentar
esta declaración informativa. Esta declaración tendrá periodicidad
trimestral. Sin embargo, durante el mes de enero de 2019, se deberá
presentar toda la información referida al ejercicio 2018.
Posteriormente, suministrará la información correspondiente al ejercicio
2019 trimestralmente.
Nueva declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados (modelo 233): La
Ley 6/2018 de Presupuestos para el año 2018, modificó la Ley del IRPF
proveyendo que el importe de la deducción por maternidad se pueda
incrementar hasta en 1.000 euros adicionales cuando el contribuyente que
tenga derecho a la misma hubiera satisfecho en el periodo impositivo
gastos por la custodia del hijo menor de tres años en guarderías o
centros de educación infantil autorizados, estableciendo la obligación
de información que deben cumplir las guarderías o centros infantiles
través de este modelo 233, cuyo plazo de presentación para el ejercicio
2018 será el comprendido entre el 1 de enero y el 15 de febrero de 2019.
Por este motivo, les rogamos que, en el menor plazo posible,  nos
faciliten toda la documentación así como aquellos datos que les
solicitamos para poder realizar la confección  y presentación de dichas
declaraciones.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Atentamente,
José María Quintanar Isasi

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