Resultado de imagen de autónomos: la cuota mínima subirá 5,36 euros al mes en 2019La base mínima de cotización de los trabajadores autónomos subirá un 1,25% a partir del 1 de enero de 2019, hasta los 944,35 euros al mes, y el tipo de cotización será del 30%, con lo que los autónomos personas físicas tendrán que pagar 5,36 euros más al mes (64 euros más al año) de lo que pagan actualmente, aunque a cambio recibirán una mayor protección.

El Gobierno ha llegado a un acuerdo con las
organizaciones de autónomos sobre la cotización del colectivo para 2019.
Así, tras varias reuniones, las organizaciones más representativas del
sector, ATA y UPTA, han logrado imponer su preacuerdo de la semana
pasada, de tan manera que la base mínima de cotización de los
trabajadores autónomos subirá un 1,25% a partir del 1 de enero de 2019,
hasta los 944,35 euros al mes, y el tipo de cotización será del 30%, con
lo que los autónomos personas físicas tendrán que pagar 5,36 euros más
al mes (64 euros más al año) de lo que pagan actualmente, aunque a
cambio recibirán una mayor protección.

Frente a la subida que planteó el ministerio de 40€/mes en la primera
propuesta que nos presentó o los 22€/mes de la segunda presentada por
el Ministerio, ATA y UPTA ha conseguido que se acuerde una subida de 5
€/mes.
AUTONOMOS 2019
PERSONA FISICA
SOCIETARIOS
TARIFA PLANA
Base mínima
Cuota
Base mínima
Cuota
12 meses
944,35€
283,3 €/mes
1214,08€
364,22€/mes
60€/mes
(Cuota+5,36€/mes que en 2018)
(cuota +6,89€/mes que en 2018)

 

Estos son los principales términos del acuerdo:
  • La base de cotización de los autónomos se incrementa
    en un 1,25% a partir del 1 de enero de 2019 y el tipo de cotización pasa
    a ser del 30%.
  • Así la cuota sube para los autónomos persona física
    5,36€/mes (64€/año) y para los autónomos societarios la subida es de
    6,89 €/mes (82€/año).
Este acuerdo implica también mejoras en protección social: 
  • Derecho a paro: se mejora su acceso, flexibilizan las condiciones y amplía la duración de la prestación.
  • Los autónomos tendrán derecho a cobrar la prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional desde el primer día de baja.
  • Todos los autónomos tendrán derecho a acceder a la formación continua y reciclaje profesional.
  • Los autónomos no pagarán la cuota de Seguridad Social a partir del segundo mes de baja por enfermedad o incapacidad temporal hasta el momento del alta.
  • Las autónomas, dentro de los 24 meses posteriores a la prestación de baja por maternidad, podrán obtener una tarifa plana de 60€ durante 12 meses sin necesidad de cesar previamente en su actividad.
  • Se mantienen tras los 12 primeros meses las bonificaciones posteriores actuales de la tarifa plana. Los beneficiarios de la tarifa plana tendrán acceso a los mismos derechos y prestaciones.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,
José María Quintanar Isasi

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