España se adapta a la nueva Ley de Protección de Datos europea ...En la página Web de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), se ha publicado un documento sobre Recomendaciones para proteger los datos personales en situaciones de movilidad y teletrabajo.

En la página Web de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), se ha publicado un documento sobre Recomendaciones para proteger los datos personales en situaciones de movilidad y teletrabajo.

La organización, como responsable del tratamiento, puede tomar la
decisión de que determinadas actividades de su empresa se ejecuten en
situaciones de movilidad y teletrabajo. Dicha decisión puede formar
parte de la estrategia de gestión, general o parcial para determinadas
áreas o actividades (por ejemplo, personal que viaja con frecuencia) o
puede ser motivada por situaciones excepcionales e incluso de fuerza
mayor.
Si en el primer caso hay que realizar una planificación previa, en el
segundo las circunstancias de urgencia pueden obligar a poner en marcha
soluciones con carácter provisional. Cuando esto último sucede, es
obligatorio, en paralelo y sobre todo cuando la situación se prolonga,
realizar una reflexión y una adecuación de la implementación del
teletrabajo. Hay que tener en cuenta que de ello depende la resiliencia
del Estado, la continuidad de los procesos de negocio, y los derechos y
libertades de los interesados cuyos datos se están tratando.
La organización y el personal que participa en las acciones de
teletrabajo han de tener en cuenta las siguientes recomendaciones.
Ver documento de recomendaciones
Fuente: AEPD

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,
José María Quintanar Isasi

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