El gobierno adopta medidas económicas para paliar el efecto del ...El Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19 amplía la línea de financiación para paliar los efectos de la apertura de procedimientos de insolvencia del grupo empresarial Thomas Cook, a todas las empresas y trabajadores autónomos con domicilio social en España que estén incluidos en determinados sectores económicos según la relación de CNAE publicada.

Si bien es cierto que se han anunciado una serie
de medidas que tienen como finalidad dar soporte a las empresas en el
ámbito de la financiación como consecuencia de la crisis del
coronavirus, en la actualidad únicamente está en funcionamiento una
línea de financiación encaminada al Sector Turístico y actividades
conexas COVID-19 / Thomas Cook.
No obstante, como también le hemos informado, se ha aprobado
Resolución de 25 de marzo de 2020, de la Secretaría de Estado de
Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del
Consejo de Ministros de 24 de marzo de 2020, por el que se aprueban las
características del primer tramo de la línea de avales del ICO para
empresas y autónomos, para paliar los efectos económicos del COVID-19.
Línea de financiación encaminada al Sector Turístico y actividades conexas COVID-19 / Thomas Cook

El Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19 ha ampliado la línea de financiación prevista
en el Real Decreto-ley 12/2019, de 11 de octubre, por el que se adoptan
medidas urgentes para paliar los efectos de la apertura de
procedimientos de insolvencia del grupo empresarial Thomas Cook, a todas las empresas y trabajadores autónomos con domicilio social en España que estén incluidos en los siguientes sectores económicos:
Cód. CNAE2009

Título CNAE2009


493

Otro transporte terrestre de pasajeros.

4931

Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros.

4932

Transporte por taxi.

4939

Tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p.

511

Transporte aéreo de pasajeros.

5110

Transporte aéreo de pasajeros.

5221

Actividades anexas al transporte terrestre.

5222

Actividades anexas al transporte marítimo y por vías navegables interiores.

5223

Actividades anexas al transporte aéreo

551

Hoteles y alojamientos similares.

5510

Hoteles y alojamientos similares.

552

Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.

5520

Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia.

559

Otros alojamientos.

5590

Otros alojamientos.

56

Servicios de comidas y bebidas.

561

Restaurantes y puestos de comidas.

5610

Restaurantes y puestos de comidas.

5621

Provisión de comidas preparadas para eventos.

5629

Otros servicios de comidas.

7711

Alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros.

7721

Alquiler de artículos de ocio y deportes.

7911

Actividades de las agencias de viajes.

7912

Actividades de los operadores turísticos.

799

Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.

7990

Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos.

855

Otra educación.

91

Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales.

9004

Gestión de salas de espectáculos.

9102

Actividades de museos.

9103

Gestión de lugares y edificios históricos.

9321

Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos.

9329

Actividades recreativas y entretenimiento.


REQUISITOS Y CONDICIONES

¿Para quién?

Autónomos y empresas  con domicilio social en España que formalicen
operaciones en la Línea ICO Empresas y Emprendedores, cuya actividad
esté dentro de un CNAE del sector turístico y actividades conexas según
la relación de CNAE del cuadro anterior.
Importe máximo por cliente:
  • hasta 500.000  euros, en una o varias operaciones.
Conceptos financiables: 
  • Necesidades de liquidez  financiables a través de la Línea Empresas y Emprendedores.
  • Proyectos de digitalización y en particular los destinados a fomentar soluciones de teletrabajo recogidos en el programa Acelera Pyme
Modalidad: préstamo.
Tipo de interés: fijo, hasta el 1,5% (TAE máxima incluida comisiones).
Plazo de amortización y carencia: De 1 a 4 años con 1 año de carencia de principal.
Comisiones: la entidad de  crédito podrá cobrar una
única comisión al inicio de la operación, además de, en su caso, la de
amortización anticipada.
Garantías: a determinar por la entidad de crédito, excepto aval de SGR/SAECA.
Vigencia: se podrán formalizar préstamos hasta el 31 de diciembre de 2020.
Esta financiación con garantía del ICO está sometida al Reglamento (UE) número 1407/2013  de la Comisión Europea relativo a las ayudas de minimis.
Con carácter previo a la formalización de la operación, el cliente
deberá firmar una Declaración Responsable de ayuda sujeta al Reglamento
de minimis, que le facilitará la Entidad de Crédito y que formará parte
integrante de la póliza de préstamo, donde declarará las ayudas
percibidas en el año en cuso y en los dos ejercicios anteriores
La Entidad de Crédito verificará que las ayudas previas declaradas
por el cliente más la ayuda correspondiente a la operación de préstamo
con garantía del ICO a formalizar no supera los 200.000 euros.
Para ampliar información sobre esta financiación  puede consultar el siguiente enlace:
Ficha ICO  Sector  Turistico y actividades conexas Covid 19 -Thomas Cook
Además existe un teléfono gratuito de atención al cliente, 900 121 121 para consultas
¿Dónde tramito la solicitud?

Directamente a través de las entidades de crédito que colaboran en esta Línea:
  • SANTANDER 
  • BBVA
  • CAIXABANK
  • BCC (GRUPO CAJAMAR)  
  • B. COOPERATIVO
  • BANKINTER  
  • CAJA RURAL DE TERUEL
  • LIBERBANK
  • BANCO SABADELL  
  • CAJA RURAL DEL SUR
  • CAJA RURAL DE NAVARRA
  • CAJA RURAL DE JAÉN
  • CAJA RURAL DE ZAMORA
  • CAJA RURAL DE ASTURIAS
  • GLOBALCAJA
  • CAJA RURAL DE ARAGÓN (BANTIERRA)
  • CAJA RURAL DE GRANADA
  • UNICAJA
  • ABANCA
(*) El listado se actualizará diariamente con las entidades que se vayan adhiriendo.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,
José María Quintanar Isasi

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