http://image.slidesharecdn.com/contratodetrabajo-120224201832-phpapp02/95/contrato-de-trabajo-1-728.jpg?cb=1330136350Les recordamos que actualmente existen cuatro modelos de contratos (indefinido, temporal, para la formación y el aprendizaje y en prácticas), con sus características, y con sus cláusulas específicas que pueden presentar cada uno de ellos, en función de las peculiaridades del trabajador y/o del empresario, así como sus incentivos o bonificaciones.

Como ya sabe, el Gobierno llevó a cabo una simplificación y reducción
de los modelos contractuales que hasta el momento existían, quedando éstos
reducidos a, únicamente, cuatro modelos de contrato de trabajo: indefinido,
temporal, contrato para la formación y el aprendizaje, y contrato de trabajo en
prácticas
, si bien con sus correspondientes clausulados y circunstancias
particulares que quedarán incorporados en los correspondientes anexos para
adaptar los modelos aprobados a cada supuesto concreto.
Atención. El resto de “sub-tipos” de contrato de trabajo se
encuadran dentro de estas cuatro grandes modalidades, a las que se les puede ir
añadiendo diferentes cláusulas y fórmulas condicionantes que adaptarán las
condiciones del contrato a las necesidades de empresa y a las características
del trabajador.
Es muy importante que también
conozca todos los casos en los que puede encontrar incentivos y
bonificaciones
, que abaratarán sus gastos mensuales en la contratación de
personal.
En la Guía de
Contratos  publicada por el Servicio
Público de Empleo Estatal (SEP) y actualizada en NOVIEMBRE con el
nuevo Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, se recoge toda la
normativa vigente en materia de contratos de trabajo e incentivos a la
contratación.
Puede
ver los tipos de contratos en este Link:
Guía de contratos
¿Qué contrato tengo que
firmar?
Si su empresa necesita
contratar a un trabajador y no tiene claro qué tipo de contrato
debe firmar con él, nosotros le podemos asesorar. Recuerde que:
Estos factores pueden
limitarle a la hora de escoger un tipo u otro de contrato, ya que en algunos
casos las condiciones serán mucho más ventajosas que en otros.
Las cláusulas del contrato
Esta parte es fundamental
para ver cuáles son las condiciones de trabajo a las que está sometido el
trabajador. Sería conveniente que toda la información fuese lo más concreto
posible, a fin de evitar que puedan existir varias interpretaciones o dudas
sobre el contrato.
Los contenidos que tienen que
venir claros en estas cláusulas deben ser:
·       
Puesto que se
ocupa/Categoría/Grupo profesional:
Esta
información es fundamental a la hora de saber que funciones tienen que realizar
el trabajador y va a influir directamente sobre el salario a percibir, indicado
en las tablas de los Convenios Colectivos.
Atención. Es primordial que revise los tipos de contratos que
emplea en su empresa (o que vaya a contratar en un futuro) y si ya han sido
actualizados. Escoge el que mejor se adapte a sus necesidades.
Pueden ponerse en contacto
con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener
al respecto.
Un cordial saludo,
Jose María Quintanar Isasi

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