Una empresa familiar ha de superar las dificultades que conllevan las relaciones entre la familia y el negocio, y en este sentido el protocolo familiar es una eficaz herramienta para establecer unas normas claras que faciliten la convivencia presente y futura. Debe ser único y diferente para cada empresa, ya que cada empresa tiene características propias que le identifican y diferencian.

En las empresas familiares es habitual que los
socios firmen un «protocolo familiar», en el que se establecen reglas
para evitar que las relaciones familiares interfieran en la marcha del
negocio.
Es muy importante que las empresas familiares definan sus objetivos y
la política de actuación en distintas áreas, desde la relativa a la
estrategia de negocio como a la financiera, pasando por la inclusión o
no de nuevos socios (familiares o extraños), así como la transmisión de
la empresa a futuros herederos
¿Qué es el protocolo familiar?

El protocolo familiar es un documento en el que los socios, los
legítimos futuros socios por derechos hereditarios y, eventualmente,
otros familiares plasman determinados acuerdos alcanzados con la
finalidad de regular el funcionamiento interno de la empresa familiar en
el presente y en el futuro, así como las propias relaciones
profesionales, económicas e incluso personales entre los miembros de la
familia y la empresa en la medida en que afecten a esta última.
¿Qué aspectos regula un protocolo familiar?

Entre los principales podemos destacar la gestión y administración de
la empresa familiar, la forma y momento en que se llevará a cabo la
sucesión delegando la gestión en los sucesores, los requisitos objetivos
para acceder a los diferentes puestos y las remuneraciones de
familiares, la entrada o salida de socios, así como cualesquiera otros
pactos que pretenden solventar situaciones que, por su trascendencia,
son susceptibles de ocasionar conflictos futuros y hacer peligrar la
continuidad de la empresa.
En dicho documento se suelen regular, por ejemplo, los requisitos que
deben cumplir los familiares que quieren trabajar en la empresa; o las
reglas aplicables frente a cónyuges o familiares políticos; o, si la
empresa pertenece a varias familias, las normas aplicables para mantener
el equilibrio entre las diferentes ramas.
El protocolo obliga a quienes lo firman, por lo que si algún socio lo
incumple los demás pueden exigir judicialmente su cumplimiento (más una
indemnización por los daños y perjuicios que dicho incumplimiento haya
provocado). Pero no pueden ir más allá ni pueden expulsar de la sociedad
al incumplidor (que continuará siendo socio y podrá ejercer sus
derechos como tal).
Para reforzar la eficacia del protocolo familiar es aconsejable que
introduzcan en los estatutos una prestación accesoria por la cual se
obligue a los socios a cumplirlo. De esta forma, en caso de
incumplimiento voluntario los demás socios no sólo podrán exigir una
indemnización al incumplidor sino que también podrán excluirlo de la
sociedad (pagándole el valor de su participación).
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,
José María Quintanar Isasi

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