http://trabajarenfrancia.com/wp-content/uploads/2015/02/monitorytiempolibre1-619x391-619x391-619x391.jpgLa Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia establece la obligación de acreditar, para quienes pretendan acceder o ejercer profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, que no tienen antecedentes penales por haber cometido delitos sexuales. Hasta la entrada en funcionamiento del Registro Central de Delincuentes Sexuales, desde el 1 de marzo de 2016, la ausencia de antecedentes se acreditará mediante el certificado de penados.

Les
informamos que la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema
de protección a la infancia y a la adolescencia
establece la obligación de acreditar, para
quienes pretendan acceder o ejercer profesiones, oficios y actividades que
impliquen contacto habitual con menores, que no tienen antecedentes penales por
haber cometido delitos sexuales.
Hasta
la entrada en funcionamiento del Registro Central de Delincuentes Sexuales, el
próximo 1 de marzo de 2016, la ausencia de antecedentes se acreditará mediante
el certificado de penados, que puede
ser obtenido a través de diversos canales.
Atención. Educadores, profesionales
de servicios de pediatría, catequistas, cuidadores y canguros, monitores de
tiempo libre infantil y juvenil, técnicos de actividades deportivas y lúdicas
relacionadas con menores, voluntarios de ONGs, desarrollo en la infancia y
puede que hasta los empleados y empleadas de hogar, estarán obligados a
disponer de un certificado de antecedentes penales específico para ejercer su
profesión y declarar su ausencia de antecedentes penales relacionados,
específicamente, con la seguridad del menor.
¿Cómo
se solicitará el certificado de antecedentes penales a partir del 1 de marzo?
En
el caso de los trabajadores, pueden
hacerlo a través de la página web del Ministerio de Justicia, por
correo ordinario, o de forma presencial en los registros de las Gerencias
Territoriales del Ministerio de Justicia, en las delegaciones y subdelegaciones
del Gobierno y en los registros de cualquier órgano administrativo que
pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier
Administración de las Comunidades Autónomas y a la de cualquier Administración
Local.
Las
entidades en las que se va a trabajar
con menores
pueden solicitar el certificado de sus trabajadores de forma
conjunta, previo consentimiento expreso de éstos.
Atención. Las personas que trabajan
con menores en el ámbito de una relación
laboral con una Administración Pública
, no es necesario que lo soliciten de
forma personal e individualizada, siendo suficiente con autorizar a la
administración para la que trabajan a que acceda a su información penal a
través de la Plataforma de Intermediación de Datos que gestiona el Ministerio
de Hacienda y Administraciones Públicas.
Los
ciudadanos que opten por la solicitud telemática, deben tener en cuenta que el
sistema operativo del ordenador tiene que estar actualizado (se precisa
disponer de últimas versiones de Windows, últimas o penúltimas versiones de los
navegadores Chrome o Internet Explorer); deben tener un certificado digital de
usuario válido (DNI electrónico, FNMT) y el abono de la tasa debe haberse
realizado en las entidades bancarias que están adheridas a la pasarela de pago
del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Desde
el 1 de marzo, con la entrada en vigor del Real Decreto 1110/2015,
de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes
Sexuales, el certificado de antecedentes penales por delitos sexuales será
específico y gratuito, y se podrá solicitar de idéntica forma que el actual
certificado de penados.
Pueden
ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o
aclaración que puedan tener al respecto.
Un
cordial saludo,
Jose María Quintanar Isasi

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