En el BOE del día 8 de octubre de 2016 se ha publicado la relación de Fiestas Laborales para el año 2017. Con ello, se facilita el conocimiento en todo el territorio nacional del conjunto de las fiestas laborales.
- Las fiestas de ámbito nacional,
retribuidas y no recuperables no
sustituibles por las Comunidades Autónomas (CCAA) - Las fiestas que las Comunidades
Autónomas pueden elegir entre celebrar en su territorio o sustituirlas por
otras (que por tradición les sean propias).
¡Atención! El año 2017 cuenta con 12 fiestas nacionales –hay 9 festivos obligatorios-, pero no
todas se celebrarán de forma simultánea en todas las comunidades. A las fiestas
nacionales se suman la propia de cada región y dos de cada municipio.
todas se celebrarán de forma simultánea en todas las comunidades. A las fiestas
nacionales se suman la propia de cada región y dos de cada municipio.
En
concreto, 8 de estos 12 días serán festivos nacionales «no sustituibles»: 14 de
abril (viernes), 1 de mayo (lunes), 15 de agosto (martes), 12 de octubre
(jueves), 1 de noviembre (miércoles), 6 de diciembre (miércoles), 8 de
diciembre (viernes) y 25 de diciembre (lunes). Además a estos festivos se suma
otro más, el 6 de enero Día de Reyes (viernes), que será fiesta en todas las
comunidades autónomas porque ninguna región ha decidido cambiar este festivo a
otro día.
concreto, 8 de estos 12 días serán festivos nacionales «no sustituibles»: 14 de
abril (viernes), 1 de mayo (lunes), 15 de agosto (martes), 12 de octubre
(jueves), 1 de noviembre (miércoles), 6 de diciembre (miércoles), 8 de
diciembre (viernes) y 25 de diciembre (lunes). Además a estos festivos se suma
otro más, el 6 de enero Día de Reyes (viernes), que será fiesta en todas las
comunidades autónomas porque ninguna región ha decidido cambiar este festivo a
otro día.
Hay
otros 4 días festivos nacionales que las comunidades autónomas pueden
sustituir: el 2 de enero (lunes después de Año Nuevo), que será festivo
únicamente en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Murcia y Melilla, y
el 13 de abril (Jueves Santo), que será fiesta en todas las comunidades
autónomas menos en Cataluña, región que ha optado por trasladarlo al 17 de
abril (Lunes de Pascua).
otros 4 días festivos nacionales que las comunidades autónomas pueden
sustituir: el 2 de enero (lunes después de Año Nuevo), que será festivo
únicamente en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Murcia y Melilla, y
el 13 de abril (Jueves Santo), que será fiesta en todas las comunidades
autónomas menos en Cataluña, región que ha optado por trasladarlo al 17 de
abril (Lunes de Pascua).
Fiestas Nacionales. Los días de fiestas
nacionales (días festivos – no laborables) serán:
nacionales (días festivos – no laborables) serán:
-2 de enero: lunes siguiente a Año
Nuevo (solo en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Murcia y Melilla)
Nuevo (solo en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Murcia y Melilla)
-6 de enero: Epifanía del Señor
(festivo en toda España)
(festivo en toda España)
-13 de abril: Jueves Santo (en toda
España excepto en Cataluña)
España excepto en Cataluña)
-14 de abril: Viernes Santo (en toda
España)
España)
-1 de mayo: Fiesta del Trabajo (en
toda España)
toda España)
-25 de julio: Santiago Apóstol (Galicia
y Navarra)
y Navarra)
-15 de agosto: Asunción de la Virgen (en
toda España)
toda España)
-12 de octubre: Fiesta Nacional de España
(en todas las comunidades)
(en todas las comunidades)
-1 de noviembre: Día de todos Los Santos
(en toda España)
(en toda España)
-6 de diciembre: Día de la Constitución
Española (en toda España)
Española (en toda España)
-8 de diciembre: Inmaculada Concepción (en
toda España)
toda España)
-25 de diciembre: Natividad del Señor (en
toda España)
toda España)
Fiestas de las comunidades
Las
comunidades autónomas fijan sus propios festivos y los municipios declaran
también sus propias fiestas en dos días del año. En concreto como fiestas
propias de las Comunidades Autónomos tenemos:
comunidades autónomas fijan sus propios festivos y los municipios declaran
también sus propias fiestas en dos días del año. En concreto como fiestas
propias de las Comunidades Autónomos tenemos:
-28 de febrero: Día de Andalucía.
-1 de marzo: Día de las Islas Baleares
-24 de abril: Día de Aragón y Día de
Castilla y León
Castilla y León
-2 de mayo: Día de la Comunidad de
Madrid
Madrid
-30 de mayo: Día de Canarias
-31 de mayo: Día de Castilla-La Mancha
-9 de junio: Día de la Región de Murcia
y de la Rioja
y de la Rioja
-25 de julio: Día Nacional de Galicia
-28 de julio: Día de las Instituciones
de Cantabria
de Cantabria
-2 de septiembre: Día de Ceuta
-8 de septiembre: Día de Asturias y de
Extremadura
Extremadura
-11 de septiembre: Fiesta Nacional de
Cataluña
Cataluña
-9 de octubre: Día de la Comunidad
Valenciana
Valenciana
- En la Comunidad Autónoma de Canarias, el Decreto 50/2016, de 9 de
mayo, por el que se determina el Calendario de fiestas laborales de la
Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2017 dispone que: En las islas
de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, La Palma, Lanzarote
y Tenerife, las fiestas laborales serán, además, las siguientes: en El
Hierro: el 1 de julio, Bajada de la Virgen de Nuestra Señora de los Reyes;
en Fuerteventura: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la
Peña; en Gran Canaria: el 8 de septiembre, festividad de Nuestra Señora
del Pino; en La Gomera: el 9 de octubre, festividad de Nuestra Señora de
Guadalupe; en Lanzarote: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora
de los Dolores; en La Palma: el 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora
de las Nieves; en Tenerife: el 2 de febrero, festividad de la Virgen de
Candelaria.
- En la Comunidad Autónoma de Cataluña, la Orden TSF/137/2016, de 30
de mayo, por la que se establece el calendario oficial de fiestas
laborales en Cataluña para el año 2017 dispone que: «De las trece
fiestas mencionadas… habrá una, a elegir entre el 6 de enero (Reyes), el
17 de abril (Lunes de Pascua Florida), el 24 de junio (San Juan) y el 26
de diciembre (San Esteban) que tendrá el carácter de recuperable. Las
otras doce serán de carácter retribuido y no recuperable. Asimismo, se
dispone que: «En el territorio de Arán,… la fiesta del día 26 de
diciembre (San Esteban) queda sustituida por la del día 17 de junio
(Fiesta de Arán)”.
A
continuación puede consultar el cuadro general de fiestas laborales 2017:
continuación puede consultar el cuadro general de fiestas laborales 2017:
Descargar archivo relacionado: https://www.boe.es/boe/dias/2016/10/08/pdfs/BOE-A-2016-9244.pdf
Pueden
ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o
aclaración que puedan tener al respecto.
ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o
aclaración que puedan tener al respecto.
Un
cordial saludo,
cordial saludo,
Jose María Quintanar Isasi