
El permiso de cinco días por hospitalización parecía claro sobre el papel. Sin embargo, en la práctica, su aplicación ha generado más conflictos de los que cabría esperar. La reciente sentencia de la Audiencia Nacional viene a poner algo de orden.
El artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores (ET) reconoce un permiso retribuido de cinco días en caso de hospitalización, enfermedad grave o intervención quirúrgica de familiares. Y aquí está el primer matiz importante: no se trata de un máximo, sino de una duración cerrada.
La Audiencia Nacional lo deja claro: la norma no dice «hasta cinco días», sino «cinco días». Esto, que puede parecer una cuestión de redacción, en la práctica cambia completamente el enfoque.
- Atención. No es correcto reducir el permiso en función de criterios internos de empresa (por ejemplo, días de reposo). La duración viene fijada por ley.
1. Qué ocurre cuando el familiar recibe el alta hospitalaria
Aquí es donde tradicionalmente han surgido más conflictos. Muchas empresas venían interpretando que el permiso terminaba automáticamente con el alta hospitalaria.
La sentencia rompe claramente con esa idea. El alta hospitalaria no pone fin automáticamente al permiso
¿Por qué? Porque lo relevante no es el ingreso en sí, sino la situación que lo justifica, es decir, la necesidad de cuidado. En la práctica, lo habitual es que:
- El alta hospitalaria llegue antes
- Pero la recuperación no haya terminado
- Y el familiar siga necesitando atención
Por eso, el criterio es el siguiente: el permiso puede continuar mientras no exista alta médica
- Atención. No confundir alta hospitalaria con alta médica. Son conceptos distintos, y mezclar ambos es uno de los errores más frecuentes.
2. El permiso no depende del reposo prescrito (aunque lo parezca)
Otro punto interesante de la sentencia de la Audiencia Nacional de fecha 19 de Febrero de 2026, es que desmonta una práctica bastante extendida, como es limitar el permiso a los días de reposo indicados por el médico.
A primera vista puede parecer razonable… pero jurídicamente no lo es. La Audiencia Nacional insiste en algo clave, que el legislador ya ha fijado la duración del permiso, y no corresponde a la empresa ajustarla. El reposo puede ser de 2 días, de 3 o de 7… pero el permiso sigue siendo de 5.
Otra cosa distinta -y esto también lo apunta la sentencia- es que el uso del permiso debe responder a su finalidad.
- Atención. Reducir el permiso por anticipado «por si acaso» se considera una limitación indebida. Si hay abuso, deberá acreditarse caso por caso.
3. El momento de inicio
Si el primer punto amplía derechos, este segundo los acota. La Audiencia Nacional rechaza una interpretación que también se estaba planteando: iniciar el permiso después de la hospitalización, cuando solo quedan cuidados en domicilio. Y aquí la Sala es clara, al señalar que el permiso está vinculado al hecho causante (hospitalización, enfermedad grave, intervención)
No existe, como tal, un permiso autónomo por «cuidados posteriores».
Por tanto:
- El permiso debe iniciarse cuando se produce la hospitalización (o situación equivalente)
- No puede activarse después, aunque continúe la necesidad de cuidados
Atención. No es válido «guardar» el permiso para utilizarlo tras el alta hospitalaria. Debe comenzar vinculado al hecho inicial.
4. La lógica que hay detrás (y que conviene entender)
Si uno se queda solo con el titular, puede parecer contradictorio:
- Por un lado, el permiso continúa tras el alta hospitalaria
- Por otro, no puede empezar después de ella
Pero tiene sentido si se entiende bien el planteamiento:
- El permiso nace con el hecho causante
- Y se mantiene mientras persista la necesidad que lo justifica
Lo que no permite la norma es «desconectar» ambas cosas.
- Atención. Separar artificialmente hospitalización y cuidados posteriores puede llevar a interpretaciones incorrectas.
Esta sentencia, en realidad, no crea un nuevo derecho, sino que ordena cómo debe aplicarse el que ya existía.
En términos claros:
- El permiso es de cinco días completos
- No se reduce por alta hospitalaria ni por días de reposo
- Puede continuar mientras no haya alta médica
- Pero debe iniciarse cuando se produce la hospitalización
En el fondo, lo que se está diciendo -aunque no se formule así- es que ni la empresa puede recortar el permiso ni el trabajador puede utilizarlo fuera del momento en que corresponde
La clave no está en discutir la duración, sino en justificar correctamente el uso del permiso. Ahí es donde suelen surgir los conflictos reales.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,
José María Quintanar Isasi