Resultado de imagen de La banca española podría estar obligada a devolver el IRPH de las hipotecas a los usuariosSi el Tribunal de Justicia de la Unión Europea avala el informe, que se acaba de conocer, del abogado general de este Tribunal, la banca española tendría que devolver una gran cantidad de dinero a los usuarios de hipotecas afectados. Los jueces podrían investigar si los bancos que comercializaron préstamos hipotecarios referenciados a este índice (IRPH) cumplieron con las exigencias de transparencia. Para el caso de que se declarara abusivo y se anulara, los bancos tendrían que devolver el dinero cobrado de más a los clientes.

Las conclusiones del Abogado General del
Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que se acaban de
conocer, suponen un varapalo para la banca española, y también para el
parecer del Tribunal Supremo en la sentencia de 14 de diciembre de 2017,
en la que entendió que la mera referencia a este índice (IRPH) no
implicaba una falta de transparencia.
Sus conclusiones, aunque no son vinculantes pueden marcar el camino a
seguir por el TJUE en su sentencia que se espera para finales de este
año 2019. Una gran mayoría de sentencias del TJUE coinciden con las
conclusiones presentadas por el Abogado General del TJUE.
Por lo tanto, si el TJUE falla en el mismo sentido que el Abogado
General en sus conclusiones, el mazazo para la banca española se estima
en miles de millones de euros que tendrían que ser devueltos a los
consumidores.
Si el Tribunal Europeo de Justicia avala el informe, la banca
española tendría que devolver una cifra multimillonaria a usuarios de
hipotecas. Los jueces podrían investigar si los bancos que
comercializaron préstamos hipotecarios referenciados a este índice
(IRPH) cumplieron con las exigencias de transparencia. Para el caso de
que se declarara abusivo y se anulara, los bancos tendrían que devolver
el dinero cobrado de más a los clientes.
El abogado general del TJUE entiende que el IRPH no está excluido del
ámbito de aplicación de la Directiva Europea sobre cláusulas abusivas y
que, por lo tanto, podrá ser controlado judicialmente, como pasó (por
ejemplo) con las cláusulas suelo.
Atención. La conclusión del abogado europeo es que
el índice IRPH que muchas personas han tenido que abonar al firmar una
hipoteca, es abusivo
¿Qué es el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios)?

Se trata de uno de los índices a los que se referencian los préstamos
que se conceden para la compra de vivienda. Es un índice oficial que
elabora mensualmente el Banco de España, que resulta de aplicación a
partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), al
igual que otros índices como el Euríbor.
El IRPH se calcula en base a una media de los préstamos a tres años
concedidos por los bancos, las cajas de ahorro y las entidades
financieras en general. Su origen data de una orden ministerial de mayo
de 1994 sobre transparencia de las condiciones financieras que pretendía
crear una referencia hipotecaria estable frente a la oscilación de
otros índices. Fue muy utilizado en el periodo entre 2005 y 2009,
coincidiendo con el auge del mercado inmobiliario y con un Euribor que
parecía imparable en la subida. En este contexto, la naturaleza menos
volátil del IRPH le añadía atractivo y supuso un refugio para muchos
clientes.
Cuando la crisis dinamitó el mercado inmobiliario el Euribor comenzó a
bajar lastrado además por los programas de estímulo económico puestos
en marcha por el Banco Central Europeo (BCE) para reactivar la economía.
Mientras el Euribor se despeñaba, el IRPH se mantuvo estable,
provocando que los usuarios que lo tenían contratado pagasen cuotas más
elevadas que aquellos que tenían préstamos variables con referencia al
otro índice. Hoy el Euribor se encuentra en su nivel mínimo histórico
rozando los 40 puntos básicos negativos.
Las asociaciones de usuarios bancarios reclaman ahora que las
entidades no explicaron con suficiente claridad los riesgos y que hubo
mala praxis comercialización.
¿Qué debía aclarar la justicia europea?

Si el IRPH está exento de control de transparencia, cómo quedarán las
hipotecas si la sentencia favorece al cliente -si se debe sustituir el
IRPH por el Euríbor- y si, en caso de tener que devolver el dinero, lo
harán con carácter retroactivo. Este último punto, además, abre el
interrogante de cuánto abarcaría ese periodo de retroactividad, que es
otra de las claves para delimitar el impacto sobre el sistema bancario
español.
Por eso, es conveniente que los clientes que tengan una hipoteca
vinculada al IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) no
alcanzar ningún acuerdo con los bancos y esperen a conocer la sentencia
del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que se espera para
finales de este año o principios de 2020.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,
José María Quintanar Isasi

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