Resultado de imagen de PLAN DE PENSIONESEl Gobierno ha aprobado el Real Decreto 62/2018 que permitirá a quienes tienen planes y fondos de pensiones recuperar lo depositado a partir de los 10 años de aportaciones, así como una rebaja de las comisiones que se pagan a las entidades gestoras. Esta nueva regulación se empezará a aplicar a partir de 2025. En la práctica se podrán hacer líquidas las aportaciones con al menos 10 años de antigüedad, es decir las que se hicieron hasta 2015. Las realizadas a partir de 2016 deberán esperar hasta 2026 y así sucesivamente. Esta medida se completa con la rebaja de las comisiones que pasarán de 1,5% a 1,25% de media, una reducción que llegará hasta el 0,85% si el fondo está vinculado a la evolución de la renta fija.

En
el BOE del día 10 de febrero de 2018, se ha publicado el Real Decreto 62/2018,
que modifica el Reglamento sobre la instrumentación de los compromisos por
pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios, y el Reglamento
de planes y fondos de pensiones, que revisa a la baja las comisiones máximas de
gestión de fondos y, a su vez, eleva la liquidez de esta alternativa de ahorro
al permitir a los partícipes retirar, a partir de 2025, sin limitación, las
aportaciones con una antigüedad de, al menos, diez años. 
La
norma incluye dos modificaciones importantes en la regulación de los planes y
fondos de pensiones:
Este
RD 62/2018 establece su entrada en vigor el 11 de febrero de 2018, el día
siguiente al de su publicación en el BOE. No obstante, la aplicación de los nuevos
límites de las comisiones de gestión y depósito no se hará efectiva hasta dos
meses después, el 11 de abril de 2018.
Liquidez de los fondos y
planes de pensiones
Como
hemos comentado, se podrá disponer, sin limitaciones, de las aportaciones con
una antigüedad de al menos diez años a partir del 1 de enero de 2025, lo que
supondrá un estímulo para los ahorradores, en especial, para los más jóvenes.
De esta forma, todas las aportaciones realizadas con anterioridad a 2015 se
podrán hacer liquidas a partir de 2025 y las realizadas con posterioridad
deberán dejar transcurrir los diez años correspondientes.
Comisiones
de gestión
En
el caso de las comisiones de gestión, se sustituye el importe máximo único por
una tabla de comisiones máximas en función de las diferentes políticas de
inversión de los fondos, lo que se ajusta más a las características propias de
la gestión de las inversiones de los fondos de pensiones, promoviendo una
reducción mayor en los fondos con criterios inversores más prudentes y
orientados a la preservación del capital, como son los que tienen un componente
total o mayoritario de renta fija. También se reduce la comisión máxima de
depósito para todos los fondos de pensiones.
Las
comisiones máximas de gestión, serán del 0,85% para los fondos de renta fija,
del 1,30% para los fondos mixtos y del 1,50% para los de renta variable. De
esta manera, la comisión media se reduce del 1,50% al 1,25%. Además, la
comisión máxima de depósito baja del 0,25% al 0,20%.
Pueden
ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o
aclaración que puedan tener al respecto.
Un
cordial saludo,

José María Quintanar Isasi

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