Los inmigrantes ilegales con hijos españoles podrán legalizar su situación. El borrador establece también que las víctimas extranjeras de violencia de género y de trata o explotación sexual podrán obtener un permiso de trabajo y residencia por cinco años, además de suspenderse el procedimiento de expulsión si se hubiera abierto por su irregularidad.



El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha presentado el borrador del nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería, que ya está en audiencia pública, y ha instado a la colaboración de las comunidades autónomas. El nuevo texto pone el acento en combatir las mafias, el fraude y la vulneración de derechos, pero también para atender a las necesidades del mercado laboral.

La propuesta presentada a las comunidades autónomas simplifica el esquema de autorizaciones, reduce la carga burocrática y da seguridad jurídica; además ordena las competencias entre consulados y oficinas de extranjería.

Principales novedades

  • El texto propuesto simplifica el sistema de autorizaciones y los procedimientos, evita duplicidades, elimina burocracia y agiliza trámites. Para ello, se ha simplificado la sistemática del reglamento, el cual incluye un apartado específico para visados, los cuales tendrán una vigencia inicial de un año para evitar que las personas que lo solicitan tengan una mayor cobertura para acreditar su situación legal en España. Se evitan así circunstancias de irregularidad sobrevenida que se puedan producir al expirar la vigencia del visado inicial sin haberse completado la tramitación de la Tarjeta de Identificación de Extranjero, la cual es obligatoria solicitar a los 6 meses.
  • También, como novedad, las autorizaciones temporales tendrán una vigencia inicial de 1 año y serán renovables por otros 4 años, lo que facilita la reagrupación familiar al año y que solo haya que renovarlo una vez antes de acceder a la autorización para larga duración.

Formación

La reforma regula mecanismos que permitan formar talentos, fomentar su empleabilidad y retenerlos:

  • Las personas que vienen a realizar estudios superiores no van a tener que renovar sus permisos cada año, si no que van a disfrutar de una autorización que dure lo que duren sus estudios.
  • Se facilita una vía rápida o un Fast-track para poder enlazar con una autorización de trabajo una vez acabado los estudios. De este modo, los estudiantes van a poder trabajar desde el primer momento, una vez finalizados sus estudios.
  • Una vez trabajando, van a poder compatibilizar trabajo por cuenta propia y ajena.
  • Además, la reforma aporta seguridad jurídica respecto a la definición de cada tipo de estudios y de centros de estudio.

Trabajo

El nuevo texto reglamentario profundiza en los derechos de los trabajadores migrantes. Se facilitan los procedimientos y se permite compatibilizar trabajo por cuenta propia y ajena.

  • Se introducen mejoras en la regulación de las actividades de temporada vinculadas a la protección de derechos de los trabajadores, y a facilitar la contratación, por ejemplo, favoreciendo las contrataciones colectivas.
  • Se evita situaciones de irregularidad sobrevenida y protege contra la explotación laboral, al permitir cambiar de empresario en caso de explotación o imposibilidad de realizar el trabajo. Además, se facilita la regularización de aquellos inmigrantes que sean objeto de explotación laboral.
  • Los empresarios van a disponer de más información de todo el proceso de contratación de personas en origen, que se ha simplificado y es más flexible. Se abren vías para que las personas que ya están en España y no están autorizadas para trabajar, puedan hacerlo. Son las figuras de arraigo de segunda oportunidad o a arraigo sociolaboral y arraigo social.

Familia

  • Se flexibilizan todos los requisitos para acceder a la reagrupación familiar.
  • Se mejora el modo de acreditación de requisitos económicos, es decir, hace más sencillo acreditar que se tienen recursos para acoger al familiar.
  • En cuanto a los familiares de españoles, se modifica el arraigo familiar y se aprueba el estatuto de familiar de español.

Fuente: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

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Un cordial saludo,

José María Quintanar Isasi