http://www.blogeconomista.com/wp-content/uploads/2011/04/autonomo1.jpgEntre otras novedades, se amplía la tarifa plana para los autónomos que inicien su actividad por cuenta propia y con posterioridad contraten trabajadores por cuenta ajena; la edad ya no será un requisito a tener en cuenta para aquellos emprendedores que desean capitalizar hasta el 100% de la prestación por desempleo con el fin de sufragar tanto la inversión como los gastos iniciales de la apertura de su negocio y los mayores de 30 años podrán compatibilizar durante un máximo de 270 días la prestación por desempleo con su alta en el RETA.


Con fecha 10 de septiembre de
2015 ha sido publicada en el BOE
la Ley 31/2015,
 de 9 de septiembre, de medidas
de Fomento y promoción del trabajo
autónomo y de la Economía Social,
que incluye importantes novedades respecto a la tarifa plana, la
capitalización y otras bonificaciones y ayudas. Su entrada en vigor será el
próximo 10 de octubre de 2015.
Entre
todas las modificaciones incluidas en esta Ley podemos destacar las siguientes:
Los autónomos
que contraten trabajadores
 podrán seguir beneficiándose de la
tarifa plana para autónomos en su cuota de la Seguridad Social.
Atención. La cuota por
contingencias comunes de esta tarifa
plana
 se fija en 50 euros
exactos
 durante los primeros seis meses, periodo que se amplía
hasta doce meses en el caso de personas con discapacidad, víctimas del
terrorismo y de la violencia de género.
Atención. La
edad ya no será un requisito
 a tener en cuenta para aquellos emprendedores que
desean capitalizar hasta el 100% de la
prestación por desempleo
 con el fin de sufragar tanto la inversión
como los gastos iniciales de la apertura de su negocio.
Atención. Se regula una ampliación de las bonificaciones para la  de
socios en entidades de economía social:
 bonificación de 800 €/año a
lo largo de tres años para facilitar la incorporación de socios trabajadores o
de trabajo a las cooperativas y sociedades laborales. Para menores de 30 años
se aumenta la cuantía a 1.650 € el primer año.
http://mercurio2.blogs.uva.es/files/2013/05/trabajo-de-fin-de-grado2.jpg
Atención. Los desempleados que estén cobrando el paro y emprendan como
autónomos podrán solicitar la reanudación del cobro de la prestación por
desempleo hasta cinco años después de haber iniciado su actividad, en lugar de
sólo dos años como hasta ahora. Aunque a partir de los dos años deberá
acreditar causas económicas u organizativas.
Les iremos informando con más
detalle de estas y otras novedades en próximas circulares.
Pueden ponerse en contacto
con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener
al respecto.
Un cordial saludo,
Jose María Quintanar Isasi

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