http://asesoresdepymes.com/wp-content/uploads/2016/04/formacion_digitalizacion.pngLas ayudas tendrán la forma de préstamos reembolsables. El tipo de interés se determinará en la convocatoria, siendo en cualquier caso igual o superior al tipo de interés Euribor a un año publicado por el Banco de España correspondiente al mes anterior a la aprobación de la convocatoria o, en su caso, al mes anterior a su concesión. El plazo máximo de amortización será de diez años, tres de ellos de carencia. Podrán ser beneficiarias las sociedades constituidas antes del uno de enero de 2013 que desarrollen una actividad industrial productiva.



En
el BOE del día 8 de junio, se han publicado las bases para la concesión de
apoyo financiero a proyectos de I+D+i en el ámbito de la industria conectada
4.0.
El concepto de Industria 4.0 es
relativamente reciente y se refiere a la cuarta revolución
industrial que consiste en la introducción de las tecnologías digitales en
la industria.
En la actualidad la
industria europea y española, desde este preciso momento, tiene que acometer un
proceso de transformación digital con el objetivo de satisfacer las demandas de
una sociedad altamente tecnológica, cada vez más exigente, cuya satisfacción
plantea que la industria tiene que hacer las cosas de otra forma, haciendo
frente a retos como el diseño colaborativo, la flexibilidad y la eficiencia en
la fabricación, la reducción de series y tiempos de producción, la creación de
modelos logísticos inteligentes, la transformación de canales, la predicción de
las necesidades del cliente, la hiperconectividad, la trazabilidad
multidimensional, la especialización, la creación de ecosistemas industriales
de valor, la sostenibilidad y la personalización del producto.
Para ello es preciso
introducir y fomentar el uso intensivo de las tecnologías en las empresas.
Tecnologías como son por ejemplo, la computación en la nube, el big data, la
impresión 3D, la robótica colaborativa, la realidad aumentada, los sistemas
ciberfísicos o el internet de las cosas. 
En
este sentido, el Gobierno ha autorizado a la Secretaría General de Industria y
la Pequeña y Mediana Empresa a convocar en 2016 la concesión de préstamos, por
un importe máximo de 97,5 millones de euros, para apoyar los proyectos que
presenten las empresas industriales para su digitalización y a los proyectos de
innovación de procesos y productos de Pymes. Esta línea de ayudas se enmarca
dentro de la iniciativa «Industria Conectada 4.0» presentada por el
Ministerio de Industria, Energía y Turismo en octubre del año pasado.
http://www.computerworld.es/archivos/201510/digital-transformation2-small_hi.jpg
Características de las
ayudas
Beneficiarios
Sociedades que no formen
parte del sector público y desarrollen una actividad industrial productiva
encuadrada en la Sección C-Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de
Actividades Económicas (CNAE 2009). Dentro de las citadas sociedades, se
diferenciarán las pequeñas y medianas empresas. 
Asimismo se precisa que las
empresas hayan desarrollado dichas actividades al menos durante un periodo de
tres años. 
Los proyectos a financiar serán:
·       
Proyectos
de investigación industrial
: Investigación planificada o estudios
críticos cuyo objeto es la adquisición de nuevos conocimientos y técnicas que
puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o
servicios, o contribuir a mejorar considerablemente los productos, procesos o
servicios existentes. Incluye la creación de componentes de sistemas complejos
que sean necesarios para investigación industrial, especialmente la validación
de tecnología genérica, salvo los prototipos.
·       
Proyectos
de desarrollo experimental:
La adquisición, combinación, configuración
y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica,
tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes
y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados
o mejorados. Podrá incluir, por ejemplo, otras actividades de definición
conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos y
servicios. Entre las actividades podrá figurar la elaboración de proyectos,
diseños, planes y demás tipos de documentación siempre y cuando no vaya destinada
a usos comerciales. 
·       
Proyectos
de innovación en materia de organización de PYME:
La
aplicación de un nuevo método organizativo a las prácticas comerciales, la
organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores en una PYME; no
se incluyen los cambios basados en métodos organizativos ya empleados en la
empresa, los cambios en la estrategia de gestión, las fusiones y adquisiciones,
el abandono de un proceso, la mera sustitución o ampliación de capital, los
cambios exclusivamente derivados de variaciones del precio de los factores, la
producción personalizada, la adaptación a los usos locales, los cambios
periódicos de carácter estacional u otros cambios cíclicos y el comercio de
productos nuevos o significativamente mejorados. 
·       
Proyectos
de innovación en materia de procesos de PYME:
La aplicación de un
método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado
(incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos o programas
informáticos) en una PYME; no se incluyen los cambios o mejoras de importancia
menor, los aumentos de las capacidades de producción o servicio mediante la
introducción de sistemas de fabricación o logística muy similares a los ya
utilizados, el abandono de un proceso, la mera sustitución o ampliación de
capital, los cambios exclusivamente derivados de variaciones del precio de los
factores, la producción personalizada, la adaptación a los usos locales, los
cambios periódicos de carácter estacional u otros cambios cíclicos y el
comercio de productos nuevos o significativamente mejorados. 
Características
·       
Importe
máximo del préstamo:
El 80% del coste financiable
de los proyectos.
·       
Plazo
máximo de amortización:
Plazo máximo de amortización de 10
años 
incluyendo un período de carencia de tres años.
·       
Tipo de
interés:
El tipo de interés se determinará en la convocatoria,
siendo en cualquier caso igual o superior al tipo de interés Euribor a un año
publicado por el Banco de España correspondiente al mes anterior a la
aprobación de la convocatoria o, en su caso, al mes anterior a su concesión.
Conceptos susceptibles de ayuda
Se podrán subvencionar los
costes siguientes para los proyectos de investigación industrial, de desarrollo
experimental y de innovación en materia de organización y procesos:
a)
Costes de personal.
b)
Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el
período en que se utilice para el proyecto.
c)
Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes
adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena
competencia.
d)  Gastos generales directamente derivados del
proyecto.
e)
Otros gastos de explotación adicionales, incluidos costes de material,
suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad
del proyecto.
Financiación
Intensidades brutas
máximas de ayudas en forma de subvención a los beneficiarios
Tipos de
proyecto
Empresas no PYME
Medianas
empresas
Pequeñas
empresas
Proyectos de investigación industrial
 Hasta el 50% del
coste subvencionable del proyecto
 Hasta el 60% del
coste subvencionable del proyecto
 Hasta el 70% del
coste subvencionable del proyecto
Proyectos de desarrollo experimental
 Hasta el 25% del
coste subvencionable del proyecto
 Hasta el 35% del
coste subvencionable del proyecto
 Hasta el 45% del
coste subvencionable del proyecto
Proyectos de innovación en materia de organización y
procesos de PYME
 No aplica
 Hasta el 50% del
coste subvencionable del proyecto
 Hasta el 50% del
coste subvencionable del proyecto
Plazo de presentación
El plazo de presentación de
las solicitudes y de la correspondiente documentación se determinará en cada
convocatoria. En cualquier caso el plazo de presentación de solicitudes no
podrá exceder de cuarenta días hábiles.
Pueden ponerse en contacto
con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener
al respecto.
Un cordial saludo,
Jose María Quintanar Isasi

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