Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible: qué cambia para la ciudadanía, qué cambia para las empresas y por qué conviene anticiparse


La Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible entró en vigor el 5 de diciembre de 2025 y marcará un antes y un después en cómo se desplazan ciudadanos y empresas. No es una normativa sectorial: define un nuevo marco de obligaciones, oportunidades y costes que conviene anticipar.



El 4 de diciembre de 2025 se ha publicado en el BOE la Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible, cuya entrada en vigor se produjo el 5 de diciembre de 2025, un día después de su publicación.

No estamos ante una ley sectorial más: estamos ante el nuevo marco que reorganiza cómo nos movemos, cómo se financia el transporte público, cómo deben planificar las empresas la movilidad al trabajo y qué obligaciones recaen sobre Administraciones, empresas y ciudadanía. La norma conecta movilidad, clima, salud, economía y cohesión social, y su impacto llegará a la vida diaria y a la actividad empresarial antes de lo que parece.

1. Qué supone para la ciudadanía

La ley reconoce la movilidad como derecho colectivo, clave para el acceso al empleo, la educación, la sanidad y la calidad de vida. Para las personas usuarias significa:

  • Refuerzo del transporte público como pilar del derecho a la movilidad.
  • Mayor presencia de movilidad activa (caminar, bicicleta).
  • Medidas orientadas a colectivos vulnerables y zonas con despoblación.
  • Apuesta decidida por accesibilidad universal y perspectiva de género.

En las ciudades, esto se traducirá en: más restricciones a vehículos contaminantes, ampliación de zonas de bajas emisiones y una presión creciente para adaptar los desplazamientos diarios.

  • Atención. La entrada en vigor de la ley facilita que los ayuntamientos apliquen nuevas normas en zonas de bajas emisiones o tasas específicas por circular en áreas reguladas. Conviene anticipar decisiones de movilidad personal (vehículo privado, transporte público, alternativas, etc.).

2. Cómo impacta en las empresas, incluso en las no vinculadas al transporte

a) Planes de movilidad al trabajo

La ley introduce obligaciones progresivas vinculadas a la movilidad laboral, con especial atención a:

  • Grandes centros de actividad,
  • Empresas donde el desplazamiento de plantilla genera impacto,
  • Y negociaciones colectivas donde la movilidad sostenible empieza a formar parte del contenido laboral.

Esto obligará a muchas empresas a revisar:

  • Cómo llega su plantilla al centro de trabajo.
  • Qué medidas pueden implantarse (transporte colectivo, incentivos al transporte público, teletrabajo parcial, etc.).
  • Qué documentación y justificación será exigible en el futuro.

Atención. Los planes de movilidad se convertirán en criterio de inspección y en elemento de cumplimiento normativo. No tenerlos preparados afectará a licitaciones, cumplimiento ESG y políticas internas.

b) Impacto en flotas, logística y costes operativos

La norma se conecta con las Zonas de Bajas Emisiones y habilita a los municipios a crear tasas vinculadas al nivel de emisiones del vehículo. Esto afecta directamente a:

  • Vehículos comerciales o de reparto,
  • Flotas de empresa,
  • Vehículos de uso mixto laboral-personal.

Atención. La renovación de flota tendrá efectos en IRPF (retribución en especie), IVA, amortizaciones y costes asociados. Es importante planificar antes de que los municipios adapten su normativa a la ley.

3. Empresas de transporte y sector logístico: más requisitos y más oportunidades

La ley apuesta por una logística más eficiente, baja en emisiones y coordinada:

  • Impulso al ferrocarril de mercancías.
  • Identificación de nodos logísticos estratégicos.
  • Evaluación rigurosa de infraestructuras con criterios ambientales y sociales.

Para este sector, no adaptarse supone quedarse fuera de licitaciones y de contratos con empresas que ya exigen criterios de movilidad sostenible.

  • Atención. Se endurecen las exigencias de información, datos, huella ambiental y criterios ESG en transporte y logística. Tener asesoramiento técnico y jurídico será imprescindible.

4. Innovación, digitalización y nuevos modelos de negocio

La ley abre un camino regulado para la movilidad del futuro:

  • Sandbox regulatorio para probar vehículos autónomos, nuevos servicios de movilidad y plataformas digitales.
  • Espacio de Datos Integrado de Movilidad (EDIM) para facilitar interoperabilidad y acceso a datos.

Atención. Toda nueva solución de movilidad deberá encajar en este marco regulado. No basta con la tecnología: se exige cumplimiento, protocolos y supervisión.

5. Fondo Estatal para Movilidad Sostenible

El FECMO-FCPJ financiará transporte público y proyectos de movilidad sostenible en todo el territorio. Para empresas significa nuevas oportunidades en:

  • Infraestructuras de movilidad,
  • Proyectos de digitalización,
  • Soluciones de transporte público,
  • Contratación pública.

Atención. Muchas ayudas y licitaciones de los próximos años estarán vinculadas a esta ley. Tener asesoramiento especializado permitirá optar a proyectos de mayor tamaño y reducir riesgos administrativos.

6. Régimen sancionador: multas de 101 a 6.000 euros

Aunque se habla de «intervención mínima», la ley incorpora sanciones cuando:

  • Se incumplan obligaciones ligadas a movilidad sostenible,
  • Se proporcionen datos incorrectos,
  • Se vulneren condiciones de uso en zonas reguladas.

Atención. La mejor defensa es demostrar que existe un sistema razonable de cumplimiento y seguimiento interno. La improvisación no servirá de excusa.

7. Entrada en vigor

La Ley 9/2025 entró en vigor el 5 de diciembre de 2025. Esto implica:

  • Los ayuntamientos podrán empezar a adaptar sus ordenanzas inmediatamente.
  • Las obligaciones laborales y de planificación podrán desplegarse desde ahora en revisiones de planes y pactos colectivos.
  • Las empresas deben empezar a revisar su situación antes de que lleguen inspecciones, incentivos o sanciones bajo el nuevo marco.

Atención. La entrada en vigor es inmediata. Quien empiece a adaptarse durante 2026 llegará tarde: los cambios normativos, fiscales y laborales empezarán a desplegarse desde ya.

Cómo podemos ayudarle

  • Asesoramiento jurídico-laboral sobre planes de movilidad al trabajo.
  • Análisis fiscal y económico de flotas, vehículos de empresa y zonas de bajas emisiones.
  • Preparación para licitaciones, subvenciones y contratación pública en movilidad sostenible.
  • Diagnóstico de impacto y hoja de ruta personalizada para empresas y autónomos

 

CHECKLIST PRÁCTICO PARA EMPRESAS

1. Movilidad de la plantilla y desplazamientos al trabajo

¿Tu empresa conoce cómo se desplaza la plantilla?

  • ¿Existe un registro actualizado de cómo llega cada persona al trabajo?
  • ¿Se usan vehículos privados, transporte público, bicicleta, motos eléctricas, etc.?

¿Necesitarás un Plan de Movilidad al Trabajo?

  • ¿Eres un centro de gran actividad o un centro con alto impacto de movilidad?
  • ¿Tenéis actualmente algún documento que analice desplazamientos y proponga medidas?

¿Existen incentivos internos o acuerdos laborales sobre movilidad?

  • Teletrabajo parcial.
  • Ayudas a transporte público.
  • Aparcamientos regulados.
  • Transporte colectivo para trabajadores.

2. Flota de vehículos y política interna de uso

¿Tu empresa dispone de vehículos comerciales o de empresa?

  • ¿Qué nivel de emisiones tienen?
  • ¿Acceden habitualmente a zonas urbanas o zonas de bajas emisiones (ZBE)?
  • ¿Se utilizan para reparto o visitas comerciales?

¿Hay vehículos asignados a trabajadores o directivos?

  • ¿Existe política clara de uso (laboral, mixto)?
  • ¿Se revisa el impacto fiscal (IRPF – retribución en especie)?

¿Tienes previsión de renovación de flota 2025-2028?

  • ¿Se está valorando transición a vehículos híbridos o eléctricos?
  • ¿Has analizado costes fiscales, subvenciones y amortizaciones?

3. Logística, reparto y operaciones (si aplican)

¿Tienes rutas en zonas urbanas reguladas?

  • ¿Se han valorado alternativas de reparto sostenible?
  • ¿Se analizan tiempos y costes asociados a nuevas restricciones?

¿Trabajas con operadores logísticos externos?

  • ¿Cumplen criterios de emisiones y movilidad sostenible?
  • ¿Se revisan cláusulas de sostenibilidad en contratos?

¿Tu empresa depende de transporte de mercancías?

  • ¿Usas ferrocarril? ¿Tienes alternativas intermodales?
  • ¿Puedes acogerte a futuras ayudas del Fondo Estatal?

4. Relación con municipios y normativa local

¿Tu empresa opera en varios municipios?

  • ¿Conoces las ZBE existentes o previstas en esos ayuntamientos?
  • ¿Hay ordenanzas municipales que pueden afectar a tu movilidad?

¿Realizáis actividades sujetas a tasas locales de movilidad?

  • Acceso a zonas reguladas, aparcamiento profesional, vehículos pesados…

¿El ayuntamiento está actualizando ordenanzas por la Ley 9/2025?

  • ¿Estás monitorizando estos cambios reguladores?

5. Innovación, digitalización y nuevos modelos de movilidad

¿Tu empresa utiliza datos de movilidad o aplicaciones internas?

  • ¿Se beneficiaría del acceso al Espacio de Datos Integrado de Movilidad (EDIM)?

¿Tu empresa quiere lanzar un proyecto innovador en movilidad?

  • Podría entrar en el sandbox de movilidad para probar tecnología sin riesgos regulatorios.

¿Trabajáis con startups o plataformas de movilidad colaborativa?

  • ¿Cumplen los requisitos de protección de datos, seguridad y movilidad sostenible?

6. Subvenciones y contratación pública

¿Tu empresa puede beneficiarse del Fondo Estatal de Movilidad Sostenible?

  • Proyectos de movilidad, transporte público, digitalización, infraestructuras, formación.

¿Quieres participar en licitaciones públicas?

  • Varias incluirán requisitos ambientales y de movilidad sostenible.

¿Estás preparado para justificar la huella ambiental de tu movilidad?

  • Es un criterio que ya se exige en muchos pliegos.

7. Cumplimiento normativo y régimen sancionador

¿Tienes un responsable o protocolo interno de cumplimiento en movilidad?

  • Igual que en PRL o protección de datos, movilidad será un área a vigilar.

¿Se reportan correctamente los datos exigidos por las Administraciones?

  • Especialmente si operas en transporte, logística o servicios urbanos.

Se han revisado las obligaciones nuevas derivadas de la Ley 9/2025?

  • Planes, informes, actualizaciones de flota, documentación de empleados…

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

Un cordial saludo,

José María Quintanar Isasi