http://www.mejorescuentascorrientes.com/wp-content/uploads/2011/01/cheque-gourmet.jpgSustituir retribución dineraria por una retribución en especie como son los cheques-restaurante (también llamados vales-comida, tickets restaurante, cheques gourmet etc.) tiene la ventaja fiscal de no pagar impuestos para el trabajador, siempre que cumplan determinados requisitos.

Como ya sabrá, cada vez es
más habitual que las empresas complementen el salario de sus empleados con una
serie de ayudas no monetarias conocidas como retribuciones salariales
en especie
. Se trata de una opción muy atractiva tanto para la empresa como
para el empleado, ya que generalmente van acompañadas de una serie de
beneficios fiscales para ambas partes.
Retribuciones en especie: ticket restaurante
La retribución flexible es la
forma de compensación de gran parte de los trabajadores de una empresa. De esta
manera, las empresas ofrecen a sus empleados la capacidad de un mayor ahorro
anual en sus gastos de comida.
Uno de estos
complementos es el ticket restaurante (también llamados cheques
restaurante, vales-comida, cheques gourmet, etc.)
, una ayuda para que el
empleado pueda comer en alguno de los muchos restaurantes que permiten el pago
mediante el uso de estos cheques.
Las empresas están siendo
conscientes del sobrecoste diario que supone a sus empleados comer fuera de
casa todos los días, de modo que muchas de ellas han establecido un complemento
salarial en forma de tickets restaurante 
para pagarles la comida
diaria. 
http://www.edenred.es/files/assets/0000/6358/TRPapel.png?1384519622Ahora es una práctica
generalizada en muchas empresas, aunque el típico ticket o
cheque representado en un trozo de papel haya desaparecido en muchos casos
y se haya sustituido por una tarjeta prepago, a la cual la empresa carga
el importe que paga por las comidas de su trabajador cada mes. 

¿Qué beneficios fiscales tiene?
Además del evidente beneficio
para el empleado de poder disponer de un complemento salarial para costearse
sus comidas, los tickets restaurante cuentan con una serie de
beneficios a nivel fiscal 
que los hacen muy atractivos.
Dado que se trata de una
retribución en especie, no tributa por
IRPF, hasta cierta cantidad. 
La
empresa es libre de
entregar a su
trabajador la cantidad que desee, pero existe un límite, de 9 euros diarios, que está exento de tributación en
el IRPF. Es decir, lo que exceda a esta cantidad tiene que pagar
impuestos. 
Pero si los beneficios
fiscales para el empleado son más que notables, no menos importantes son para
la propia empresa, que se podrá deducir el 100% de lo destinado a estos
tickets restaurante en el Impuesto sobre Sociedades como gastos de personal.
Sin embargo, a diferencia de
la tributación por IRPF, los tickets restaurant sí tienen que
cotizar a la Seguridad Social
. Todas las cantidades que el empleado
perciba en tickets restaurante forman parte de la base de cotización del
salario y no se benefician de la exención de cotización a la Seguridad Social.
El empleado sigue cotizando y mantiene sus derechos a efectos de
futuras prestaciones.
Beneficio en la renta del trabajador (IRPF)
La Ley del IRPF establece que
están exentas del impuesto las entregas a empleados de productos a precios
rebajados que se realicen en comedores de empresa, incluidas las fórmulas
indirectas de prestación de dicho servicio admitidas por la legislación laboral
(como por ejemplo, la entrega de vales comida o documentos similares, tarjetas
o cualquier otro medio electrónico de pago), siempre que se cumplan los
requisitos que a continuación se detallan.
Requisitos generales
1º Que la prestación del
servicio tenga lugar durante días hábiles para el empleado o trabajador.
2º Que la prestación del
servicio no tenga lugar durante los días en que el empleado o trabajador
devengue cantidades exceptuadas de gravamen en concepto de dietas por
manutención, con motivo de desplazamientos a municipio distinto del lugar de trabajo
habitual.
Requisitos adicionales para las fórmulas indirectas
(vales comida o documentos similares, tarjetas u otros medios electrónicos de
pago)
Además de los requisitos
anteriores, los vales comida o documentos similares deben cumplir los siguientes:
1º Que su cuantía no supere
la cantidad de 9 euros diarios. Si la cuantía diaria fuese superior, existirá
retribución en especie por el exceso.
2º Que estén numerados,
expedidos de forma nominativa y que en ellos figure, la empresa emisora y,
cuando se entreguen en soporte papel, además, su importe nominal.
3º Que sean intransmisibles y
que la cuantía no consumida en un día no pueda acumularse a otro día. Además,
sus empleados no podrán obtener el reembolso de su importe.
4º Que no pueda obtenerse, ni
de la empresa ni de tercero, el reembolso de su importe.
5º Que sólo puedan utilizarse
en establecimientos de hostelería.
6º Que la empresa que los
entregue, lleve y conserve relación de los entregados a cada uno de sus
empleados o trabajadores, con expresión de:

En el caso de vales comida o documentos similares, número de documento, día de
entrega e importe nominal.

En el caso de tarjetas o cualquier otro medio electrónico de pago, número de
documento y la cuantía entregada cada uno de los días con indicación de estos
últimos.
Por tanto, si alguno de sus
trabajadores come cada día en un bar o un restaurante, le interesa percibir
cheques restaurante en lugar de obtener un aumento dinerario.
Si usted es autónomo o
empresario y tienes contratados algunos trabajadores debería empezar a
plantearse cederles estos tickets restaurante, ya que será beneficioso tanto
para sus empleados como para usted.
Pueden ponerse en contacto
con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener
al respecto.
Un cordial saludo,
Jose María Quintanar Isasi

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