Resultado de imagen de presupuestos generales del estado 2018En el Boletín Oficial de las Cortes Generales del día 5 de abril de 2018, se ha publicado el texto del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, que contiene diversas medidas en el ámbito laboral, como por ejemplo que las bases de cotización (general y autónomos) máxima y mínima a la Seguridad Social se incrementan un 1,4%, se amplía el permiso por paternidad a 5 semanas y se prevé la bonificación por conversión en indefinidos a jornada completa de los contratos para la formación y el aprendizaje anteriores, entre otras medidas.

En
el Boletín Oficial de las Cortes Generales del día 5 de abril de 2018, se ha
publicado el texto del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2018, que contiene diversas medidas en el ámbito laboral, entras las
que podemos destacar las siguientes:
Las
pensiones se revalorizan un 0,25%, si bien algunas pensiones se incrementan
entre un 1% y un 3% según el tipo y su nivel
Los
incrementos superiores afectan a las pensiones mínimas, las no contributivas,
aquellas sin derecho a complementos a mínimos y las de viudedad, lo que supone
una mejora para otros 6 millones de pensionistas.
El
porcentaje de la base de cotización de las pensiones de viudedad para
pensionistas con 65 o más años que no perciban otra pensión pública pasa del
52% al 54%.
Las
bases de cotización máxima y mínima a la Seguridad Social se incrementan un
1,4%
Actualización
que afecta tanto al Régimen General como al de Trabajadores Autónomos.
Se
amplía el permiso por paternidad a 5 semanas
Es
decir, una semana más de las cuatro vigentes, que son ininterrumpidas, si bien
esa quinta semana podrá disfrutarse en otro momento dentro de los 9 meses
siguientes al nacimiento, previo acuerdo con el empresario.
Y
se establece que la suspensión del contrato por esta causa podrá disfrutarse en
régimen de jornada completa o parcial de un mínimo del 50%, asimismo previo
acuerdo de las partes.
Ayuda
económica de acompañamiento a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de
Garantía Juvenil
Se regula una ayuda económica de acompañamiento a
jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil
 con menor formación
que suscriban un contrato para la formación y el aprendizaje.
La
ayuda entrará en vigor el mes siguiente al de la publicación de la Ley y
asciende al 80% del IPREM y tiene la duración del contrato hasta un máximo de
18 meses.
Bonificación por conversión
en indefinidos a jornada completa
Se prevé la bonificación por conversión en
indefinidos
 a
jornada completa de los contratos para la formación y el aprendizaje
anteriores.
La
bonificación se concede a las empresas y autónomos que les hayan contratado, y
asciende a 250 euros/mes o 3.000 euros/año durante un periodo de 3 años.
Bonificación
del 50% de la cotización empresarial
 
Se mantiene la bonificación del 50% de la cotización
empresarial
 en
caso de cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o durante la
lactancia natural, o de enfermedad profesional.
Trabajadores
fijos discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería
vinculados a la actividad turística
Se establecen medidas de apoyo a la prolongación de
la actividad de los trabajadores fijos discontinuos
 en los sectores de
turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística.
Medidas
que consisten en una bonificación del 50% de las cuotas empresariales a la
Seguridad Social por contingencias comunes, Desempleo, FOGASA y FP de esos
trabajadores.
Formación profesional
Al menos la mitad de los fondos provenientes de la
cuota de FP
 financiará
las iniciativas formativas para los trabajadores ocupados y se prevé asimismo
la aplicación de esos fondos a la financiación de la formación profesional para
el desempleo.
Se
crea la Tarjeta Social Universal
Servirá
para mejorar y coordinar las políticas de protección social de las diferentes
administraciones públicas, a cuyo fin incluirá la información actualizada
correspondiente a todas las prestaciones sociales de contenido económico,
financiadas con cargo a recursos públicos, y los datos identificativos de sus
titulares, los beneficiarios, cónyuges y otros miembros de las unidades
familiares, y los importes y clases de las prestaciones abonadas y la fecha de
efectos de su concesión o reconocimiento.
Se
establece además que, a partir de su puesta en funcionamiento, previsto a los 3
meses de la entrada en vigor de la Ley, el contenido del actual Registro de
Prestaciones Sociales Públicas quedará integrado en la Tarjeta, por lo que correlativamente
se deroga el citado Registro.
Pueden
ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o
aclaración que puedan tener al respecto.
Un
cordial saludo,

José María Quintanar Isasi

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