
En
el BOE del día 4 de agosto de 2018 se ha publicado el Real Decreto por el que
se modifica el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación,
altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social.
el BOE del día 4 de agosto de 2018 se ha publicado el Real Decreto por el que
se modifica el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación,
altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social.
El
objetivo de las modificaciones realizadas en el Reglamento de Cotización a la
Seguridad Social, es garantizar la afiliación de los falsos autónomos en el
Régimen General para aquellos supuestos que la Inspección de Trabajo detecte
que están encuadrados de forma irregular en el RETA. Desde el 5 de agosto de 2018, será preceptivo informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para
resolver las solicitudes de baja que se formulen tras haber tramitado el alta
en el Régimen General de la Seguridad Social (RGSS) de oficio por la
inspección.
objetivo de las modificaciones realizadas en el Reglamento de Cotización a la
Seguridad Social, es garantizar la afiliación de los falsos autónomos en el
Régimen General para aquellos supuestos que la Inspección de Trabajo detecte
que están encuadrados de forma irregular en el RETA. Desde el 5 de agosto de 2018, será preceptivo informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para
resolver las solicitudes de baja que se formulen tras haber tramitado el alta
en el Régimen General de la Seguridad Social (RGSS) de oficio por la
inspección.
Del
mismo modo, mientras se desarrolle el procedimiento, las bajas o variaciones de
datos formuladas por empresas o trabajadores no producirán efectos ni
extinguirán la obligación de cotizar.
mismo modo, mientras se desarrolle el procedimiento, las bajas o variaciones de
datos formuladas por empresas o trabajadores no producirán efectos ni
extinguirán la obligación de cotizar.
Se
pretende erradicar un comportamiento detectado tras el alta de oficio en el
RGSS de un falso autónomo. En la actualidad, viene siendo habitual que, bien
las empresas, bien los propios trabajadores afectados, tramiten la baja para
anular el alta practicada de oficio por la Tesorería General de la Seguridad
Social (TGSS), que actúa a instancia de la Inspección de Trabajo y dentro del
procedimiento de infracción iniciado por ésta.
pretende erradicar un comportamiento detectado tras el alta de oficio en el
RGSS de un falso autónomo. En la actualidad, viene siendo habitual que, bien
las empresas, bien los propios trabajadores afectados, tramiten la baja para
anular el alta practicada de oficio por la Tesorería General de la Seguridad
Social (TGSS), que actúa a instancia de la Inspección de Trabajo y dentro del
procedimiento de infracción iniciado por ésta.
Las
modificaciones realizadas pretenden evitar que las empresas a través del
sistema RED obstruyan la actuación de la Tesorería General de la Seguridad
Social cuando la Inspección detecta altas irregulares en el Régimen de
Autónomos.
modificaciones realizadas pretenden evitar que las empresas a través del
sistema RED obstruyan la actuación de la Tesorería General de la Seguridad
Social cuando la Inspección detecta altas irregulares en el Régimen de
Autónomos.
En estos casos, la Inspección de Trabajo y Seguridad
Social inicia un procedimiento e insta a la Seguridad Social para que, de
oficio, dé de alta a estos trabajadores en el Régimen General, que es el
correspondiente para los trabajadores por cuenta ajena, al menos hasta la
finalización del procedimiento.
Social inicia un procedimiento e insta a la Seguridad Social para que, de
oficio, dé de alta a estos trabajadores en el Régimen General, que es el
correspondiente para los trabajadores por cuenta ajena, al menos hasta la
finalización del procedimiento.
Pueden
ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o
aclaración que puedan tener al respecto.
ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o
aclaración que puedan tener al respecto.
Un
cordial saludo,
cordial saludo,
José María Quintanar Isasi