
Ante
el aumento de temporalidad y subcontratación de la actividad laboral y a falta
de definición legal en algunos ámbitos,
la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha dictado
el Criterio Técnico número 95/2015 en materia de CONTRATACIÓN TEMPORAL con
fecha de 8 de abril de 2015.
el aumento de temporalidad y subcontratación de la actividad laboral y a falta
de definición legal en algunos ámbitos,
la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha dictado
el Criterio Técnico número 95/2015 en materia de CONTRATACIÓN TEMPORAL con
fecha de 8 de abril de 2015.
En
el desarrollo de este Criterio Técnico se abordan los siguientes contenidos:
el desarrollo de este Criterio Técnico se abordan los siguientes contenidos:
·
Contrato de obra o servicio determinado
Contrato de obra o servicio determinado
·
Contrato eventual por circunstancias de la
producción
Contrato eventual por circunstancias de la
producción
·
Contrato de interinidad
Contrato de interinidad
·
Reglas comunes
Reglas comunes
·
Transformación de contratos temporales en
indefinidos
Transformación de contratos temporales en
indefinidos
·
Irregularidades administrativas más frecuentes
Irregularidades administrativas más frecuentes
·
Contrato de relevo,
contrato eventual primer empleo
Contrato de relevo,
contrato eventual primer empleo
·
Contrato temporal de fomento del empleo de personas
con discapacidad
Contrato temporal de fomento del empleo de personas
con discapacidad
·
Medidas derivadas de la actuación inspectora.
Medidas derivadas de la actuación inspectora.
Para más información pueden
descargarse el nuevo criterio técnico haciendo click en:
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Pueden ponerse en contacto
con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener
al respecto.
con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener
al respecto.
Un cordial saludo,
Jose María Quintanar Isasi