Las primas satisfechas por la empresa no se considerarán retribución en especie en el IRPF hasta 500 euros anuales por cada una de las personas aseguradas (1.500 euros en caso de discapacitados). Ello se deriva en un ahorro fiscal para el trabajador.



Cada vez son más los trabajadores que contratan un seguro médico privado en España con el objetivo de mejorar su asistencia sanitaria. Pero, también son cada vez más las empresas que ofrecen un seguro de salud a sus empleados como retribución flexible, capaz de reducir el IRPF.

Al negociar aumentos salariales o al ofrecer el paquete de retribución flexible, algunas empresas brindan a los trabajadores la posibilidad de contratar un seguro médico para ellos y su familia. Conozca las ventajas fiscales de este producto.

Seguro de salud en retribución flexible

En el contexto actual, cada vez más empresas están reconociendo la importancia de ofrecer seguros médicos privados no solo como un incentivo para sus empleados, sino también como una herramienta estratégica para optimizar la carga tributaria asociada al IRPF. Al integrar el seguro de salud dentro de un esquema de retribución flexible, su empresa no solo contribuye a mejorar la calidad de vida de sus trabajadores, sino que también maximiza su eficiencia fiscal.

Ventajas fiscales

El seguro de salud ofrecido como parte de la retribución flexible presenta un atractivo beneficio fiscal tanto para los empleados como para la empresa. Las primas satisfechas por la empresa hasta 500 euros anuales por persona asegurada no se considerarán como retribución en especie, y por tanto, están exentas de IRPF. Este límite se amplía hasta 1.500 euros en el caso de personas con discapacidad. Este mecanismo no solo representa un ahorro fiscal significativo para el empleado, sino que también reduce la carga tributaria para la empresa.

Atención. El exceso sobre esta cifra sí será retribución en especie y se incluirá en el IRPF del trabajador.

Cómo implementar el seguro de salud en su empresa

Para implementar eficazmente este beneficio, es crucial considerar a todos los integrantes de la familia del empleado:

  • Cobertura para la familia: La ley permite incluir al cónyuge y a los descendientes del empleado en la cobertura del seguro, sin limitación de edad y sin requerir convivencia.
  • Extensión de la cobertura: Aunque la normativa fiscal acepta la exención cuando la cobertura se limita al cónyuge y descendientes, recomendamos que también incluya al propio trabajador para optimizar los beneficios del seguro.

Atención. Respecto a los familiares asegurados, tenga en cuenta lo siguiente:

  • La edad de los descendientes no está limitada. La ley se refiere a descendientes , por lo que la exención también se puede aplicar a las primas de seguro que cubran a los nietos o bisnietos del trabajador.
  • No se requiere que los descendientes convivan con el trabajador.
  • Aunque Hacienda ha aceptado la exención cuando el seguro cubre únicamente al cónyuge y a los descendientes, la ley exige que también cubra al trabajador.

Ejemplo práctico

Consideremos el caso de un empleado que tiene un cónyuge y dos hijos, uno de los cuales tienen su propia familia y vive separado. Si su empresa cubre el seguro de salud para él, su cónyuge, sus hijos y sus nietos, podría disfrutar de una exención de hasta 3.000 euros anuales en el IRPF.

Aplicación práctica y conclusiones

Adoptar un seguro de salud como parte de la retribución flexible puede ser una estrategia altamente beneficiosa. Permite a los empleados cambiar parte de su salario bruto, sujeto a impuestos, por beneficios libres de impuestos, mejorando así su salario neto efectivo sin costes adicionales para la empresa.

Le invitamos a considerar esta opción no solo como una medida de bienestar para sus empleados, sino también como una herramienta estratégica para optimizar las finanzas de su empresa. Estamos a su disposición para asistirle en la implementación de este beneficio y para responder a cualquier consulta que pueda tener al respecto.

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

Un cordial saludo,

José María Quintanar Isasi