Al ser la tasa de desempleo del cuarto trimestre de 2013 del 26,03%, es decir superior al 20%, se prorroga por un periodo de 6 meses, a partir del 16-2-2014, la vigencia del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo.


En el BOE del día 12 de
febrero de 2014, se ha publicado la Resolución
de 24 de enero de 2014, del Servicio Público de Empleo Estatal
, por la que
se prorroga la vigencia de la de 1 de agosto de 2013, por la que se determina
la forma y plazos de presentación de solicitudes y de tramitación de las ayudas
económicas de acompañamiento incluidas en el programa de recualificación
profesional de las personas que agoten su protección por desempleo prorrogado
por el Real Decreto-ley 1/2013, de 25 de enero, que establece la prórroga
automática de la vigencia de dicho programa, por periodos sucesivos de 6 meses,
siempre que la tasa de desempleo sea superior al 20% según la última Encuesta
de Población Activa publicada con anterioridad a la fecha de la prórroga.
La tasa de desempleo
publicada en la Encuesta de Población Activa del cuarto trimestre de 2013 ha
sido del 26,03%, es decir superior al 20%, por ello, queda prorrogada por seis
meses más la vigencia del mencionado programa.


Dicho programa es de
aplicación a las personas desempleadas por extinción de su relación laboral e
inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo que, dentro del
período comprendido entre el 16 de
febrero de 2014 y el 15 de agosto 2014
, ambos inclusive, agoten la
prestación por desempleo de nivel contributivo y no tengan derecho a cualquiera
de los subsidios por desempleo establecidos, o bien hayan agotado alguno de
estos subsidios, incluidas sus prórrogas, y reúnan el resto de los requisitos
establecidos en el Real Decreto-ley 23/2012, de 24 de agosto, por el que se
prorroga el programa de recualificación profesional de las personas que agoten
su protección por desempleo.
Pueden ponerse en contacto
con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener
al respecto.
Un cordial saludo,

 José María Quintanar Isasi

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *