Cuando hay testamento, lo primero que hay que hacer para proceder a la aceptación de la herencia es obtener en el Registro Civil los correspondientes certificados, y posteriormente, solicitar copia autorizada del último testamento al notario ante el que se otorgó.



El proceso de aceptación de una herencia con testamento requiere una serie de pasos y documentos que deben obtenerse con precaución:

  1. Certificados necesarios: Se deben obtener varios certificados del Registro Civil, como el certificado literal de defunción, el certificado de últimas voluntades que confirma la existencia de un testamento, y el certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento para verificar seguros de vida.
  2. Obtención del testamento: Una vez obtenidos los certificados anteriores, se debe solicitar una copia autorizada del último testamento al notario correspondiente, cuyos datos se encuentran en el certificado de últimas voluntades.
  3. Documentación de bienes: Es importante recopilar toda la documentación que demuestre los bienes y deudas del fallecido en la fecha de su muerte, como escrituras de inmuebles y certificados bancarios.
  4. Cuidado con las comisiones bancarias: Los bancos no pueden cobrar comisiones al futuro heredero por emitir certificados de saldo o movimientos bancarios, a menos que estos servicios sean solicitados expresamente por el heredero.
  5. Proceso de aceptación: Una vez recopilada toda la documentación necesaria, los herederos pueden comparecer ante notario para otorgar la escritura de aceptación de la herencia. Después de esto, deben liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y la plusvalía municipal, si corresponde, y luego inscribir la escritura en el Registro de la Propiedad.

Es fundamental tener en cuenta estos aspectos y seguir los pasos con precaución para evitar complicaciones legales o financieras durante el proceso de aceptación de la herencia.

Si tienen alguna pregunta o inquietud, pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

Un cordial saludo,

José María Quintanar Isasi
Asesor Fiscal Tributario y Mediador de Seguros Titulado