Resultado de imagen de ayudas y bonificaciones para los autónomosLos autónomos disponen de ayudas por nuevas altas, bajas maternales o de conciliación y por contratación, entre otras, para desarrollar su actividad. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha publicado recientemente un tríptico que resume las principales ayudas a las que optan los trabajadores autónomos en la actualidad.

Queremos informarles que el Ministerio de Empleo
ha publicado recientemente un tríptico que resume las principales
ayudas a las que optan los trabajadores autónomos en la actualidad.
Desde la entrada en vigor de la Ley de Autónomos se han puesto en
marcha diversas medidas que atañen al colectivo de los autónomos y que
ofrecen nuevas bonificaciones, reducciones fiscales y ayudas.
Entre otras medidas que favorecen a los autónomos, están la tarifa
rural, la ampliación de la tarifa plana o los incentivos para la
conciliación laboral y familiar que abarcan bonificaciones durante el
descanso por maternidad, paternidad, adopción, guarda con fines de
adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la
lactancia natural. Para que los autónomos tengan acceso a este tipo de
información, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha publicado
un tríptico que resume cuáles son las principales ayudas para el
colectivo.
Por ejemplo, debe saber que:
Tras los dos años de alta, los nuevos autónomos tendrán una reducción
del 50% de la cuota durante los 6 meses siguientes, una reducción del
30% de la cuota los tres meses posteriores y, por último, una
bonificación del 30% de la cuota los tres meses siguientes.
  • Los autónomos que estén de baja por maternidad,
    paternidad, riesgos durante el embarazo, lactancia o aquellos que deban
    contratar a un familiar para conciliar la vida laboral y familiar
    percibirán una bonificación del 100% de las cuotas. Si el autónomo se
    reincorpora al trabajo tras maternidad o adopción pagarán una cuota fija
    de 50 euros al mes durante un año.
  • Los menores de 30 años y las mujeres que sean menores de 35 años
    tendrán una reducción del 30% de la cuota a la Seguridad Social durante
    los 12 meses siguientes a la finalización de la bonificación por haberse
    dado de alta como autónomos. La duración máxima de estas bonificaciones
    será de 36 meses. A esta bonificación también podrán acceder los
    trabajadores con discapacidad superior al 33% y las víctimas de
    violencia de género.
  • Quienes opten por una cuota mínima pagarán al darse de alta 50
    euros al mes durante un año, mientras que, si se ha optado por la base
    más alta, se les aplicará una reducción del 80% de la cuota durante los
    doce primeros meses.
  • Con posterioridad al periodo inicial de 12 meses
    previsto en los dos supuestos anteriores, y con independencia de la base
    de cotización elegida, podrá aplicarse una bonificación del 50% sobre
    la cuota por contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal,
    durante 48 meses hasta completar un periodo máximo de 5 años desde la
    fecha del alta.
Ver tríptico de bonificaciones/reducciones autónomos:

https://www.sepe.es/contenidos/que_es_el_sepe/publicaciones/pdf/pdf_empleo/bonificaciones_reducciones_autonomos.pdf
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,
José María Quintanar Isasi

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