Resultado de imagen de SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA ADMINISTRADORES Y DIRECTIVOSLa regulación actual de las Sociedades mercantiles (Ley de Sociedades de Capital y Código Penal), es especialmente exigente con los administradores y directivos de las mismas. Éstos se pueden encontrar en la tesitura de tener que hacer frente a demandas contra su persona que pongan en peligro su patrimonio personal o incluso la viabilidad de la empresa que dirigen. Ante esta situación surge la necesidad de protegerse. Una solución ante esta situación es la de suscribir un seguro de Responsabilidad Civil para Administradores y Directivos (conocido como póliza “D & O”).

No
cabe duda que
la
regulación actual de las Sociedades Mercantiles, es especialmente exigente con
los administradores y directivos de  las
mismas. El entorno en el que los Consejeros, administradores y directivos
adoptan sus decisiones diarias es cada vez más complejo y dinámico. El nuevo
marco normativo endurece su responsabilidad civil (Ley de Sociedades de
Capital) y penal (Ley Orgánica 1/2015 del Código Penal).
Esta
normativa establece una responsabilidad solidaria de todos los administradores
que participen en la adopción de un acuerdo perjudicial para el patrimonio
empresarial, de socios o de terceros. Además, imponen la asunción como propias
de las obligaciones sociales incumplidas por no promover la disolución de una
empresa a su debido tiempo tal y como dispone la ley, y sancionan con la
inhabilitación del cargo y la pérdida de derechos acreedores como consecuencia
de una acción de responsabilidad concursal. Y sin olvidarnos que penalizan por
la mera omisión de medidas de vigilancia y la no implementación de programas de
prevención y detección de riesgos laborales.
Ante
esta situación surge la necesidad de proteger incluso el patrimonio de las
personas que toman decisiones diariamente en cualquier empresa. Una solución
ante esta nueva situación de estos órganos sociales es la de suscribir un
seguro de Responsabilidad Civil para Administradores y Directivos (conocidos
como “pólizas D & O”). 
Se
trata de un contrato por el que el asegurador se obliga a cubrir el riesgo del
nacimiento a cargo del administrador o directivo de la obligación de indemnizar
a un tercero los daños y perjuicios causados por un hecho relativo a su
actuación como tal y de cuyas consecuencias es civilmente responsable. Es
decir, es un seguro que cubre la responsabilidad Civil de Consejeros y
directivos exonerando su patrimonio personal por reclamaciones de terceros
derivadas de actos incorrectos en el ejercicio del cargo.
Recuerde
que este tipo de seguros:
·        
Protege el patrimonio
personal de las personas físicas. No es un seguro para la empresa, aunque está
sea el tomador habitual.
·        
Únicamente responde
de perjuicios financieros, no cubre daños corporales ni materiales.
Habitualmente
garantizan, los gastos de defensa, (incluidas las costas procesales) de
investigación así como a las indemnizaciones debidas como consecuencia de
reclamaciones de terceros presentadas durante el periodo de vigencia del
seguro. Igualmente, siempre y cuando la propia sociedad figure como asegurada,
asumen como cobertura básica el reembolso a la sociedad de la indemnización que
ésta hubiera abonado al directivo o administrador.
Por
ello, en el momento de contratar una póliza de seguro D&O, o al revisar las
pólizas ya contratadas, es importante que las mismas sean adecuadas a las
necesidades y características de la sociedad y de los asegurados, y analizar
que riesgos cubre y sus efectos.
Pueden
ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o
aclaración que puedan tener al respecto.

Un
cordial saludo,

José María Quintanar Isasi

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