Resultado de imagen de efectos fiscales de los trabajadores y directivos desplazadosUna planificación fiscal previa ayudará no solo a determinar la carga tributaria del desplazamiento, sino que también nos servirá para prevenir una serie de riesgos que subyacen cuando se produce la expatriación de un trabajador o directivo de la empresa.

Si como empresa pensamos en desplazar a alguno
de nuestros trabajadores o directivos, o nos encontramos en la posición
como trabajadores o directivos de ser desplazados desde España al
extranjero o viceversa, sin analizar debidamente la incidencia fiscal,
tanto desde la perspectiva del propio trabajador desplazado, como desde
la de la empresa, debemos saber que nos faltará uno de los elementos
esenciales para realizar una adecuada estimación de costes y riesgos
fiscales que se pueden asumir en estos desplazamientos.
Fiscalidad de los desplazamientos

Para gestionar correctamente el desplazamiento internacional de los
trabajadores resulta imprescindible conocer y valorar de forma adecuada
sus implicaciones fiscales. En particular, el régimen fiscal aplicable
en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), en
conexión con el Impuesto sobre la Renta de no Residente (IRNR).
El tratamiento fiscal  de nacionales que trabajan en otros países,
así como de extranjeros que trabajan en territorio español, es algo que
cada vez afecta a más empresas, no solo multinacionales, sino pequeñas y
medianas empresas, que destinan a sus trabajadores o administradores a
otros países durante un período de tiempo o de forma indefinida.
La normativa fiscal española ha tratado de favorecer tanto el
traslado de trabajadores o directivos a España, como el de empleados
españoles al extranjero. Es importante para ello conocer las reglas
domicilio fiscal de las personas físicas, teniendo en cuenta los
regímenes especiales para aquellos que no pasen más de cierto tiempo en
cada país pero elijan tributar en España. Además, existe un régimen
tributario opcional para residentes dentro de la Unión Europea.
Por otro lado,  la aplicación de los convenios de doble imposición
suscritos por España también es crucial a la hora de interpretarlos con
el mayor beneficio, tanto para el desplazado como para la empresa.
Planificación para evitar riesgos fiscales

Una planificación fiscal previa ayudará no solo a determinar la carga
tributaria del desplazamiento, sino que también nos servirá para
prevenir una serie de riesgos que subyacen cuando se produce la
expatriación de un trabajador.
En este sentido habrá que analizar:
  • La tributación de los rendimientos del trabajo obtenidos en el extranjero en los Convenios de Doble Imposición.
  • Doble tributación.
  • Los incentivos fiscales a la movilidad internacional de trabajadores
  • La exención de tributación de los rendimientos obtenidos por trabajos efectivamente realizados en el extranjero.
  • El régimen de dietas exentas como consecuencia del destino de trabajadores en el extranjero.
  • La correcta práctica de retenciones.
  • La incidencia de la consideración establecimiento permanente en el país de destino.
  • Operaciones vinculadas/deducibilidad gastos.
  • Manifestación del «exit tax» o «impuesto de salida»: Dependiendo
    del lugar de residencia dentro del territorio español previo a un
    desplazamiento con cambio de residencia al extranjero, puede que
    tengamos que tributar en el IRPF por las plusvalías latentes de acciones
    y/o participaciones.
  • El régimen tributario aplicable a los trabajadores que pierden la
    residencia fiscal en España como consecuencia del desplazamiento
  • Las particularidades que se producen cuando el desplazamiento se realiza a un país o territorio considerado como paraíso fiscal
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,
José María Quintanar Isasi

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