
Le informamos que en el BOE del día 11 de abril se ha publicado Orden TMA/336/2020, de 9 de abril,
por la que se incorpora, sustituye y modifican sendos programas de
ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, incorporando la nueva ayuda para el pago del alquiler de vivienda habitual a arrendatarios vulnerables sobrevenidos por el COVID-19.
por la que se incorpora, sustituye y modifican sendos programas de
ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, incorporando la nueva ayuda para el pago del alquiler de vivienda habitual a arrendatarios vulnerables sobrevenidos por el COVID-19.
En la Orden se incorpora también un programa de ayudas directas a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio, sin hogar y especialmente vulnerables,
así como posibilita la adquisición viviendas con ayudas del Plan por la
Administraciones y Entidades Públicas, con objeto de incrementar el
parque público de viviendas
así como posibilita la adquisición viviendas con ayudas del Plan por la
Administraciones y Entidades Públicas, con objeto de incrementar el
parque público de viviendas
Por otra parte, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana ya ha ordenado adelantar, mediante una transferencia urgente, 346
millones de euros correspondientes a la anualidad 2020 del Plan Estatal
de Vivienda a las Comunidades Autónomas. A continuación, se
transferirán otros 100 millones de euros con el mismo objeto. De esta
manera las Comunidades Autónomas disponen ya de recursos para atender
todas estas ayudas.
Urbana ya ha ordenado adelantar, mediante una transferencia urgente, 346
millones de euros correspondientes a la anualidad 2020 del Plan Estatal
de Vivienda a las Comunidades Autónomas. A continuación, se
transferirán otros 100 millones de euros con el mismo objeto. De esta
manera las Comunidades Autónomas disponen ya de recursos para atender
todas estas ayudas.
La Orden contempla:
1) En relación con el nuevo programa de ayudas para
contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los
alquileres de vivienda habitual:
contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los
alquileres de vivienda habitual:
- Se incorpora este programa tras la aprobación del Real Decreto-ley
11/2020, de tal suerte que las comunidades autónomas y las ciudades de
Ceuta y Melilla pueden ya disponer de los fondos comprometidos por el
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para los ejercicios
2020 y 2021, en los convenios de colaboración para la ejecución del
Plan Estatal, para la concesión de estas ayudas. - Se conceden ayudas de hasta 900 euros al mes durante un plazo de seis meses.
- Se concederá la ayuda mediante adjudicación directa y en los
«supuestos de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a
consecuencia del COVID-19», que serán determinados por las comunidades
autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla. Entre estos supuestos
estarán siempre incluidos y, como mínimo, los definidos en el artículo 5
del RDL 11/2020. - Las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla deberán
concretar el plazo (no pudiendo extenderse en ningún caso más allá del
30 de septiembre de 2020) y forma de presentación de solicitudes,
mediante resolución o acuerdo, que será objeto de publicidad, a la mayor
brevedad posible. - Son ayudas compatibles con cualquier otra ayuda al alquiler que
viniere percibiendo la persona arrendataria, incluso si fuera con cargo
al propio Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, siempre y cuando el total
de las ayudas no supere el 100% del importe del alquiler
correspondiente. Son ayudas para atender a la vulnerabilidad sobrevenida
por el COVID-19. - Estas ayudas solo podrán destinarse al pago de la renta del
alquiler o en su caso y en la parte que corresponda a la amortización
total o parcial del préstamo suscrito (ayudas transitorias de
financiación recogidas en el artículo 9 del RDL 11/2020), con cuyo
importe se pagó la renta del alquiler.
2) En relación con el «programa de ayuda a las víctimas de
violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda
habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente
vulnerables»:
violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda
habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente
vulnerables»:
- Se trata de ayudas que podrán adjudicarse de forma directa de hasta
900 euros al mes para la renta del alquiler y de hasta 200 euros
adicionales para gastos de mantenimiento, comunidad y suministros
básico. - Aceleran una solución habitacional para estas personas, cuya
vulnerabilidad puede incluso acrecentarse por la pandemia del COVID-19,
en viviendas de titularidad pública. Si no existiera disponibilidad, se
pueden aplicar en viviendas de titularidad privada.
3) En relación con la modificación del «programa de fomento del parque de vivienda en alquiler»:
- Se posibilita la compra de viviendas por las Administraciones y
Entidades Públicas para incrementar el parque público de viviendas, con
ayudas de hasta 400 euros por metro cuadrado útil de vivienda y de hasta
el 60% del coste de adquisición.
Medidas urgentes para el pago de alquiler de la vivienda habitual
El pasado 1 de abril se publicó en el BOE el Real Decreto Ley
11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes
complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al
COVID-19, que incorporó, entre otras, determinadas medidas para atender
la problemática de aquellos arrendatarios que, como consecuencia del
impacto social y económico del COVID-19, tengan problemas para atender
el pago del alquiler de su vivienda habitual.
11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes
complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al
COVID-19, que incorporó, entre otras, determinadas medidas para atender
la problemática de aquellos arrendatarios que, como consecuencia del
impacto social y económico del COVID-19, tengan problemas para atender
el pago del alquiler de su vivienda habitual.
Además, planteó medidas como la suspensión del procedimiento de
desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa
habitacional, la prórroga extraordinaria de los contratos de
arrendamiento de vivienda habitual, la moratoria de la deuda hipotecaria
en determinados supuestos y la modificación excepcional y transitoria
de las condiciones contractuales de arrendamiento.
desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa
habitacional, la prórroga extraordinaria de los contratos de
arrendamiento de vivienda habitual, la moratoria de la deuda hipotecaria
en determinados supuestos y la modificación excepcional y transitoria
de las condiciones contractuales de arrendamiento.
Así mismo, aprobó una línea de avales para la cobertura por cuenta
del Estado de la financiación a arrendatarios en situación de
vulnerabilidad social y económica, como consecuencia de la expansión del
COVID-19.
del Estado de la financiación a arrendatarios en situación de
vulnerabilidad social y económica, como consecuencia de la expansión del
COVID-19.
Adicionalmente y en relación directa con el Plan Estatal de Vivienda
2018-2021, manda al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
a:
2018-2021, manda al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
a:
- Incorporar un nuevo programa de ayudas denominado «programa de
ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del
COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual». - Sustituir el «programa de ayuda a las personas en situación de
desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual» por un nuevo «programa
de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de
desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas
especialmente vulnerables». - Modificar el «programa de fomento del parque de vivienda en alquiler».
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,
José María Quintanar Isasi