Entre otras muchas novedades que introduce la reforma de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, destacan las medidas para poner freno al llamado “spam” telefónico, entre otras, que las llamadas deberán llevarse a cabo desde un número de teléfono identificable, y que cuando el usuario reciba la primera oferta comercial del emisor, deberá ser informado tanto de su derecho a manifestar su oposición a recibir nuevas ofertas como a obtener el número de referencia de dicha oposición.

Definición
del spam telefónico
Es muy común recibir llamadas no solicitadas de
teléfono, o recibir mensajes a través del teléfono móvil (también puede afectar
al correo electrónico) a intempestivas horas, cuando se está descansando,
comiendo, trabajando, etc., en las que se nos ofrece, por determinada empresa o
entidad, cierto contrato, servicio o producto, todo con la finalidad de
captación de nueva clientela.
Se entiende por spam telefónico cualquier tipo de comunicación, bien
por telefonía fija, bien
por telefonía móvil (el
spam también puede suceder a
través de correo electrónico), que no ha sido solicitada y que no se
espera por parte de la persona usuaria, en la que, normalmente, se ofertan
servicios, productos, con la finalidad de captación de clientela para una
determinada empresa o entidad. Habitualmente este spam se relaciona con los
sectores de las telecomunicaciones, seguros, servicios bancarios.
Regulación
En primer lugar hay que tener presente en la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia
Desleal, se regulan las prácticas agresivas por acoso, estipulándose
que:
Por otro lado, la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista,
establece que en todas las propuestas de contratación deberá constar
inequívocamente que se trata de una oferta comercial. En concreto, y en el caso
de comunicaciones telefónicas, deberá precisarse explícita y claramente, al
principio de cualquier conversación con la parte compradora: la identidad de la
parte vendedora y la finalidad comercial de la llamada (la utilización por
parte de la entidad vendedora de las técnicas de comunicación que consistan en
un sistema automatizado de llamada sin intervención humana o telefax necesitará
el consentimiento previo de la persona consumidora).




Novedades introducida por la Ley 3/2014
Entre otras muchas novedades que nos ha traído la
reforma del Texto Refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y
Usuarios, llevada a cabo por Ley 3/2014, de 27 de marzo, destacan las medidas
para poner freno al llamado spam telefónico.
Atención. La norma entró en vigor el
día 29 de marzo de 2014, si bien se establece un régimen transitorio de
adaptación para que sea de aplicación a los contratos con consumidores y
usuarios celebrados a partir de 13 de junio de 2014.
 Principales cambios a tener en cuenta
Ø  Cuando hubiera decidido no figurar en las guías de comunicaciones
electrónicas disponibles al público,
Ø  Cuando hubiera ejercido el derecho a que los datos que aparecen en
ellas no sean utilizados con fines de publicidad o prospección comercial,
Ø  Cuando hubiera solicitado la incorporación a los ficheros comunes de
exclusión de envío de comunicaciones comerciales regulados en la normativa de
protección de datos personales (Por ejemplo la llamada lista Robinson. https://www.listarobinson.es/default.asp).
Atención. Se prohíbe realizar llamadas comerciales entre las
21 horas y las 9 horas del día siguiente, o en días festivos o fines de semana.
El sistema automatizado de llamadas sin intervención humana o telefax, necesitará el consentimiento expreso previo del consumidor y usuario. En el caso de comunicaciones telefónicas, deberá precisarse explícita y claramente, al inicio de cualquier conversación con el consumidor y usuario, la identidad del empresario, o si procede, la identidad de la persona por cuenta de la cual efectúa la llamada, así como indicar la finalidad comercial de la misma.

PORQUE SABER QUE
TRATA CON EXPERTOS, LE DA TRANQUILIDAD



Un cordial saludo,


Jose María Quintanar Isasi

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *