Resultado de imagen de Hacienda va a poner foco especial este año sobre las empresas que declaran en el Impuesto sobre sociedades "reiteradamente" bases imponibles negativas pendientes de compensar en ejercicios futurosEntre las principales líneas de actuación del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2020, Hacienda pondrá el foco en los nuevos modelos de negocio altamente digitalizados, lanzará el borrador del IVA y la asistencia virtual, inspeccionará a un mayor número de grandes patrimonios y aumentará las visitas a empresas. Además se prevé un plan especial de comprobación de contribuyentes que en sus declaraciones del Impuesto sobre Sociedades presenten reiteradamente bases imponibles negativas pendientes de compensar en el futuro por el riesgo a una minoración indebida de tributación.

Como cada año, en el BOE del 28-01-2020 se ha
publicado la Resolución de 21 de enero de 2020, de la Dirección General
de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se
aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y
Aduanero de 2020.
La Agencia Tributaria pondrá el foco en los nuevos modelos de negocio
altamente digitalizados, lanzará el borrador del IVA y la asistencia
virtual, inspeccionará a un mayor número de grandes patrimonios, las
visitas y personaciones e incorporará a más colectivos en el ámbito de
la lucha contra la economía sumergida, al tiempo que prestará atención
al posible acceso a la información cruzada disponible en las plataformas
de venta por internet de bienes y servicios. Además se prevé un plan
especial de comprobación de contribuyentes que en sus declaraciones del
Impuesto sobre Sociedades presenten reiteradamente bases imponibles
negativas pendientes de compensar en el futuro por el riesgo a una
minoración indebida de tributación.
Atención. El plan incluye la tradicional comprobación de bases imponibles negativas ya aplicadas,
pero muy especialmente la revisión de aquellas que están pendientes de
compensación en años siguientes. El objetivo es verificar la existencia,
exactitud y origen de los saldos negativos, teniendo en cuenta que
estos saldos pueden en el futuro ser compensados por las empresas que
los generaron o por otras que continúen su actividad.
Estas medidas suponen las principales novedades del Plan Anual de
Control Tributario y Aduanero de 2020, que también recoge actuaciones
específicas como la implantación de un nuevo sistema informático que
permitirá interactuar a los representantes y asesores de contribuyentes
con la Inspección, sin necesidad de desplazamientos, incluyendo conexión
por vídeo, y en los grupos fiscales, además de lo habitual, se pondrá
el foco en pequeños grupos que, en ciertos casos, generan bases
negativas de forma reiterada
Además, se manifiesta que ya en 2019 se ha estado elaborando un Plan Estratégico de la AEAT
(que todavía no conocemos) que recogerá la orientación del organismo
para los próximos años, incluyendo las principales líneas estratégicas
en materia de asistencia, prevención y control del fraude, así como los
indicadores que permitirán evaluar su actuación en el medio plazo.
A continuación vamos a exponer un breve resumen de las principales
medidas y actuaciones que se van a acometer en este ejercicio 2020 por
parte de Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
 Información y asistencia

Se pretende diseñar una estrategia de asistencia integral que consiga
reducir las cargas administrativas a las que deben hacer frente los
contribuyentes, favoreciendo el cumplimiento voluntario de las
obligaciones tributarias. Se va a priorizar el uso de las nuevas
tecnologías para el intercambio de información entre la Administración y
el contribuyente, frente a los medios tradicionales de asistencia
presencial. Los medios telemáticos agilizan los trámites y permiten un
uso más eficiente de recursos materiales y humanos. En este sentido, se
implantarán las siguientes actuaciones:
  • Creación de las «Administraciones de Asistencia Digital Integral
    (ADIS); plataformas dirigidas a prestar servicios electrónicos de
    información y asistencia mediante la utilización de canales de
    comunicación virtuales. Se realizará una prueba piloto a partir del
    cuarto trimestre de 2020.
  • Actualización del SII (Suministro Inmediato de Información) y nueva
    asistencia on-line en IVA a través de un asistente virtual y mediante
    el uso de herramientas complementarias: localizador de las entregas de
    bienes y prestaciones de servicios; calificador inmobiliario para ITP,
    servicio de ayuda para arrendadores en el modelo 303; calculadora de
    plazos y modificación de bases imponibles y otras rectificaciones;
    calculadora de plazos del SII; desarrollo del AVIVA (Asistente Virtual
    en IVA).
  • Diseño del «Asistente censal», como ayuda para presentar el modelo 037
  • Consolidación de la aplicación móvil » Agencia Tributaria» para
    ofrecer servicios personalizados a los contribuyentes para que conozcan y
    cumplan sus obligaciones fiscales.
  • Asistencia en la campaña de Renta. Mejora del programa Renta Web
    con la modificación del apartado correspondiente a rendimientos del
    capital inmobiliario. Se desglosan las partidas de gastos y los datos
    necesarios para el cálculo de las amortizaciones.
  • Se potenciarán los avisos en el documento de datos fiscales del
    IRPF, incluyendo todas las fuentes de rentas, tanto nacionales como
    internacionales de las que se tenga conocimiento.
  • Se consolidarán las herramientas de análisis y control de las
    solicitudes de rectificación de autoliquidaciones, para facilitar una
    tramitación más ágil. En el Impuesto de Sociedades se introduce como
    novedad la posibilidad de presentar una solicitud utilizando el modelo
    de autoliquidación del Impuesto.
  • 8.- Se pretende comunicar al contribuyente los datos fiscales del
    Impuesto de Sociedades y de IVA (PRE-303- Servicio de ayuda para
    cumplimentar el modelo 303 dirigido, en principio, a las empresas
    incluidas en el REDEME que no sean gran empresa, es decir, no tengan
    volumen de operaciones superior a 6.010.121 euros).
Prevención de los incumplimientos. Fomento del cumplimiento voluntario y prevención del fraude
  • Se prevé una depuración del censo (información comunicada mediante
    los modelos 036 y 037) con respecto a las sociedades inactivas que han
    sido abandonadas por sus administradores y socios sin proceder a su
    extinción y disolución. Estas sociedades se utilizan a menudo para
    ocultar la verdadera titularidad de bienes y derechos, potenciando el
    fraude. Por ello se pretende:
– El cierre de la página del Registro Mercantil con posible
revocación del NIF e imposición de sanción por incumplimiento reiterado
de obligaciones fiscales.
– Control de riesgos cuando se da de alta como nuevo contribuyente
una entidad controlada por sujetos con conductas tributarias
reprochables en el pasado.
– Controlar la correcta comunicación de información por parte de las
sociedades mercantiles en los modelos 036, 303, 322, 390, 220 y 200:
epígrafes de la actividad económica, identificación de socios o
partícipes, administradores o domicilios en los que se desarrolla la
actividad. Para ello se planean visitas anuales que incluirán un módulo
de control y verificación censal.
Estas medidas afectan, no solo a las sociedades mercantiles sino a otras formas jurídicas.
  • Herramientas informáticas de depuración de la creciente información
    que se obtiene por la colaboración internacional (DAC 2, FATCA o CRS)
  • Control por las Unidades de Intervención en el ámbito de los
    Impuestos Especiales (IIEE) para asegurar el cumplimiento de las
    novedades normativas en cuanto a la obligación de llevanza de libros de
    Contabilidad de Existencias.
 Investigación y comprobación del fraude tributario y aduanero
  • Se verificará el cumplimiento de presentación de autoliquidaciones y
    declaraciones informativas. El sistema de presentación de declaraciones
    informativas, TGVI- on line y la generalización del formulario como
    sistema de presentación, puesto en marcha en 2019, favorecerá el
    incremento de la calidad de los datos proporcionados a la Agencia
    Tributaria. En el ámbito internacional, se consolidarán los sistemas de
    intercambio de información con la Unión Europea y la OCDE.
  • Se trabajará en la prevención en materia de Aduanas e Impuestos
    Especiales: mejora de los mecanismos informáticos que permiten una mejor
    coordinación con otros servicios de inspección que actúan en las
    aduanas. Implantación del pre-despacho aduanero que permitirá un control
    documental previo a la llegada de las mercancías. Se anticipa el
    control con la elaboración de una pre-declaración aduanera que agilizará
    los trámites y reducirá costes.
  • Se realizarán controles en los recintos aduaneros para garantizar
    la correcta liquidación de los tributos y evitar la entrada de
    mercancías potencialmente peligrosas.
  • Con respecto a los Impuestos Espaciales, se controlarán las
    existencias de productos en fábricas, depósitos fiscales y almacenes
    fiscales. También se comprobará el cumplimiento de las obligaciones
    normativas referentes a estos impuestos, como es la llevanza de los
    libros de Contabilidad de Existencias  y materias primas a través de la
    Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (Orden HAC/998/2019, de 23 de
    septiembre).
  • En 2020 se insistirá en el empleo de cartas informativas
    individuales comunicando a los contribuyentes dados que presentan dudas a
    la Administración a partir de ciertos indicadores de riesgo.
  • Se comprobarán los datos de los contribuyentes que hayan consignado
    reiteradamente en sus declaraciones bases imponibles negativas a
    compensar y deducciones pendientes de aplicar en el Impuesto sobre
    Sociedades.
  • Se investigarán los cambios de domicilio falsos para conseguir una disminución indebida de la contribución fiscal.
  • En 2020 se iniciará un sistema (que no estará consolidado hasta
    2022) que permitirá el seguimiento informatizado de las actuaciones de
    Inspección para conocer las cantidades regularizadas y su relevancia
    cualitativa, algo que permitirá perfilar nuevas acciones de control y
    planificación en perfiles de riesgo de manera que se reduzcan los
    incumplimientos tributarios.
  • La Agencia Tributaria redoblará sus esfuerzos en las líneas
    siguientes: implantación de Libros Registro estructurados de manera
    predefinida que permitan una gestión más sencilla de las obligaciones
    tributarias; lucha contra el uso de sistemas de procesamiento, sobre
    todo en cajas registradoras, que permitan la ocultación de ventas;
    atención específica a la actividad de las plataformas de Internet
    dedicadas a la venta de bienes o servicios.
  • Se reforzará el control de las grandes corporaciones
    internacionales para detectar prácticas de erosión fiscal (intercambio
    de información en el ámbito de la Unión Europea en virtud de la
    Directiva 2016/881 del Consejo, de 25 de mayo de 2016 (DAC 4). Se
    implementará en todo el territorio de la UE la obligación de declarar
    los mecanismos de planificación agresiva y de técnicas de ocultación de
    la titularidad real de rentas y activos, según la Directiva 2011/16/UE,
    del Consejo de 15 de febrero de 2011 (DAC 6). En el ámbito de la
    fiscalidad internacional se implementarán medidas antielusión y medidas
    de control de precios de transferencia y operaciones transnacionales.
  • Se evaluará el riesgo fiscal de las personas titulares de grandes
    patrimonios, los establecimientos permanentes, grupos fiscales y de
    entidades y la ocultación de actividades empresariales o profesionales
    (actividades no declaradas y economía sumergida) y el uso abusivo de
    sociedades (operaciones vinculadas).
 Control del fraude en la fase recaudatoria
  • Mejoras en la evaluación del riesgo recaudatorio.
  • Prevención del delito contra la Hacienda pública y contrabando. Se
    realizará especial vigilancia patrimonial de los deudores para evitar el
    vaciamiento patrimonial.
  • Adopción de derivaciones de responsabilidad.
  • Adopción de medidas cautelares.
  • Presencia de los funcionarios de Recaudación. Se potenciarán las
    visitas a los deudores, tanto en locales de negocio como en aquellos
    otros en los que se precise previa autorización judicial.
  • Seguimiento de las insolvencias aparentes, sobre todo en la
    creación de sucesivas sociedades mercantiles que incumplen el pago de
    sus obligaciones tributarias corrientes. Detección de deudores fallidos y
    rehabilitación de créditos declarados incobrables.
  • Se pondrá en marcha un mecanismo de cooperación con otras
    Administraciones Públicas denominado Punto Neutro. Este mecanismo
    permitirá cruzar los pagos de las Administraciones Públicas con las
    diligencias de embargo que ellas mismas pudieran dictar contra
    contribuyentes que fueran a la vez acreedores y deudores.
  • Control de la deuda pendiente en periodo ejecutivo y de deudas suspendidas.
  • Control de las garantías ofrecidas para la suspensión de la deuda y
    las aportadas en la solicitud de aplazamientos y fraccionamientos de
    pago.
  • Impulsar el sistema electrónico de subastas.
Colaboración entra la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas

La Agencia Tributaria, en el marco de los acuerdos adoptados en el
seno de Consejo Superior y de los Consejos Territoriales para la
Dirección y Coordinación de la Gestión Tributaria, potenciará los
intercambios de información con trascendencia tributaria entre las
Administraciones Tributarias del Estado y de las Comunidades Autónomas
con la finalidad de incrementar la eficacia de la gestión tributaria,
mejorar la asistencia a los contribuyentes y potenciar la lucha contra
el fraude fiscal y la economía sumergida.
  • Se fomentará la transmisión periódica a la Agencia Tributaria de
    información contenida en los tributos cedidos gestionados por las
    Comunidades: ITPYAJD, Sucesiones y donaciones, tributos sobre el juego.
  • Se informará sobre las familias numerosas y los grados de discapacidad a efectos del IRPF.
  • Se comunicarán los valores reales de transmisión de bienes y
    derechos en los impuestos cedidos a efectos de su repercusión en el IRPF
    y Sociedades.
  • Se potenciará la remisión de información por parte de las
    Comunidades Autónomas sobre la constitución de rentas vitalicias,
    operaciones de disolución de sociedades y de reducción de capital y
    préstamos entre particulares.
  • Se cruzará la información sobre la titularidad de bienes y
    derechos, incluso los situados en el extranjero a efectos del Impuesto
    sobre el Patrimonio y su relación con el Impuesto sobre Sociedades.
  • Se revisarán las operaciones inmobiliarias a objeto de determinar su tributación por IVA o por ITP.
  • Se comprobarán las operaciones societarias más relevantes no
    sujetas a ITPYAJD por haberse acogido al régimen fiscal especial del
    Capítulo VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedad.
  • Se verificará el cumplimiento de los requisitos para disfrutar de
    determinados beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones y
    Donaciones, el régimen fiscal de las cooperativas y los requisitos para
    el disfrute de la exención o bonificación del Impuesto Especial sobre
    Determinados Medios de Transporte por adquisición de vehículos por
    minusválidos y familias numerosas.
Ver nota de prensa del Ministerio de Hacienda en relación con estas Directrices del Plan Anual de Control Tributario 2020:
https://www.hacienda.gob.es/Documentacion/Publico/GabineteMinistro/Notas%20Prensa/2020/AEAT/28-01-20%20NP%20Directrices%20Plan%20Control%20Tributario%202020.pdf
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,
José María Quintanar Isasi

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