http://www.aficor.es/wp-content/uploads/2015/10/prevencion-riesgos-laborales.pngLos trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, deben utilizar correctamente los medios y equipos de protección y los dispositivos de seguridad existentes; informar inmediatamente al superior jerárquico directo y a los encargados de la gestión de la prevención sobre cualquier situación de riesgo que detecten. Cada vez que la empresa contrata a un nuevo empleado, ya sea mediante un contrato fijo o uno temporal debe formarle e informarle sobre los riesgos existentes en su puesto de trabajo.

Como
ya sabré, queremos recordarles que el empresario ha de cumplir con todas las
exigencias establecidas en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y
el Real Decreto 39/1997 por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de
Prevención. 
¿Qué es la prevención de
riesgos laborales?
Es el conjunto de actividades
o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa
con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.
¿Qué se pretende
con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales?
Promover la seguridad y la
salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de
las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo.
¿Para qué sirve la
prevención?
·       
Para eliminar los accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales.
·       
Para trabajar en condiciones seguras.
·       
Para cumplir con las normas vigentes y evitar
sanciones.
·       
Para mejorar la gestión de la empresa.
·       
Para mejorar la satisfacción de los trabajadores
y la motivación, aumentando así la productividad y los beneficios de la
empresa.
Formación de los
trabajadores
http://www.previcat.com/wp-content/uploads/2014/03/EPIS3.jpgEntre
otras obligaciones, el empresario tiene la obligación de formar a los
trabajadores sobre los riesgos de su puesto de trabajo o función y de las
medidas preventivas aplicadas para dichos riesgos. La formación ha de ser
teórica y práctica, y actualizarse para adaptarse a la evolución o aparición de
nuevos riesgos.
Si
su servicio de prevención se encarga de realizar los cursos formativos,
verifique que todos sus empleados asisten y firman el justificante de
asistencia.  Verifique que dicho documento refleja un resumen del
contenido de la formación que se ha cursado.
Cada
vez que la empresa contrata a un nuevo empleado, ya sea mediante un contrato
fijo o uno temporal debe formarle e informarle sobre los riesgos existentes en
su puesto de trabajo.
Documente
por escrito que ha cumplido con sus obligaciones de información: cuando
entregue el contrato de trabajo, prepare también un documento que detalle
los riesgos del puesto
y los riesgos que haya
en sus instalaciones. Asimismo, refleje las medidas preventivas que haya
adoptado  y haga que su empelado firme
ese documento.
Plan de Prevención
Desde
el momento en el que se contrata a un trabajador o se interviene en actividades
de subcontratación, tanto en centros propios como en centros de trabajo de
terceros, el empresario tiene que cumplir con las obligaciones legales que le vienen impuestas por la legislación
en materia preventiva.
El
personal autónomo también tiene
obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales.
El
plan constituye una recopilación estructurada de las normas, criterios,
procedimientos, instrucciones, acciones y recomendaciones con el fin de
asegurar la buena gestión del conjunto de factores que influyen en la
prevención de riesgos laborales y en la coordinación con el resto de
actividades del a empresa, teniendo en cuenta los objetivos fijados por la
dirección. El contenido fundamental que ha de contemplar el Plan de Prevención
se resume en:
·       
La estructura
organizativa, responsabilidades, prácticas, procedimientos, procesos y recursos
necesarios para llevar acabo la política de prevención.
·       
La documentación necesaria,
en forma de procedimientos e instrucciones aplicables.
·       
La evaluación de
riesgos.
·       
La planificación de
la acción preventiva.
Mediante
este Plan de Prevención, podrá dar cumplimiento a las obligaciones que tiene el
empresario en materia de Prevención de Riesgos Laborales, como por ejemplo:
·       
Evaluar los riesgos
laborales de sus trabajadores y actualizarlos cuando varíen las circunstancias
y condiciones de trabajo.
·       
Implantar, aplicar y
controlar el Plan de Prevención de Riesgos laborales y la Planificación
Preventiva.
·       
Integrar la actividad
preventiva en gestión de la empresa.
·       
Adoptar todas las
medidas necesarias para la protección de la salud y seguridad de sus
trabajadores.
·       
Informar a sus
trabajadores de los riesgos que les afectan en el trabajo y de las      medidas y actividades de protección y
prevención y las adoptadas en casos de     
emergencia.
·       
Formar a sus
trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales.
·       
Disponer de la
documentación exigida por la legislación de prevención de riesgos.
·       
Consultar y hacer
participar a sus trabajadores en materia de prevención de riesgos      laborales.
·       
Disponer de un Plan
de emergencia.
·       
Vigilancia de la
salud de sus trabajadores.
·       
Disponer de un
archivo con la documentación de Prevención de Riesgos a disposición de la
Autoridad Laboral.
Pueden ponerse en contacto
con este despacho profesional si
necesita cualquier servicio de consultoría y asesoría relacionado con la
Prevención de Riesgos Laborales.
Un cordial saludo,
Jose María Quintanar Isasi

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