Resultado de imagen de Los cambios laborales a partir del 2020"El pasado 30 de diciembre se firmó entre el PSOE y Unidas Podemos un documento de intenciones denominado “Coalición Progresista”, cuyo alcance definitivo es todavía una incógnita. Entre las medidas laborales claves que contiene este acuerdo, destacamos la revisión o derogación la reforma laboral de 2012, elaborar un nuevo Estatuto de los Trabajadores, derogar el despido objetivo por absentismo aún justificado, derogar la prioridad aplicativa de los convenios de empresa sobre los convenios sectoriales, reforzar el control de la contratación a tiempo parcial, incremento gradual del SMI, modificaciones en materia de contratación y subcontratación laboral, etc…

El pasado 30 de diciembre se firmó entre el PSOE y Unidas Podemos un documento de intenciones denominado «Coalición Progresista. Un nuevo acuerdo para España».
Tal y como se expone en su introducción, este documento y los puntos
que en él se recogen son Acuerdos de Gobierno para toda la legislatura.
Los Presupuestos Generales del Estado que se desarrollarán a lo largo de
la misma se elaborarán tomando como base este documento y los consensos
adquiridos en los últimos tiempos, adaptándolos al nuevo contexto
macroeconómico.
El documento aborda temas nucleares en materia fiscal, derechos
sociales, políticas feministas, lucha contra el cambio climático,
actualización del estado autonómico, memoria democrática o cultura y
deportes, entre otros. Casi cincuenta páginas colmadas de «buenas
intenciones» – como las de cualquier Gobierno – que veremos en que se
materializan finalmente.
A continuación le informamos de manera sintética, de las medidas laborales claves que contiene este acuerdo, cuyo alcance definitivo es todavía una incógnita.

1. Elaborar un nuevo Estatuto de los Trabajadores

A tal efecto, en el acuerdo se establece que se podrá constituir un
grupo de trabajo para su redacción, integrado por expertos y expertas de
reconocido prestigio, del ámbito académico y profesional.
2. Despidos

Propuesta de eliminación del despido objetivo por absentismo derivado
de bajas por enfermedad y la revisión de la delimitación de las causas
económicas técnicas, organizativas y de producción
3. Derogar las limitaciones al ámbito temporal del convenio colectivo

Reinstauración de la denominada ultraactividad de los convenios
colectivos para que mantengan y perpetúen su vigencia de forma
indefinida hasta que una nueva norma colectiva posterior sea negociada y
acordada.
4. Derogar la prioridad aplicativa de los convenios de empresa sobre los convenios sectoriales.

Primaran los convenios sectoriales -ya sean provinciales, autonómicos
o estatales- sobre los convenios de empresa en sus aspectos más
relevantes: salario, jornada y resto de condiciones laborales.
5. Modificar el ET en materia de contratación y subcontratación laboral

Reducción de las actividades externalizarles de la empresa,
limitándose la subcontratación a servicios especializados ajenos a la
actividad principal de la empresa
6. Revisión de los contratos formativos y aprobación y
desarrollo del Estatuto del Becario para que su uso responda a
finalidades exclusivamente formativas

Se pretende dar un nuevo enfoque tanto a los contratos en prácticas
como a aquellos para la formación y el aprendizaje. Adicionalmente se
establecerán limitaciones y penalizaciones relevantes para evitar el uso
fraudulento e injustificado de la figura de los becarios por parte de
las empresas cuando la intención verdadera de las mismas sea sustituir
trabajadores por este colectivo.
7. Limitar la capacidad de modificación unilateral de las condiciones del contrato por parte de la empresa

8. Revisar el mecanismo de inaplicación de los convenios
colectivos, orientándolo casi exclusivamente al denominado «descuelgue
salarial» cuando concurran causas económicas graves en la empresa.

9. Reforzar el principio de causalidad en la contratación temporal y las sanciones aplicables a su uso fraudulento.

10. Reforzar el control de la contratación a tiempo parcial.

11. Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

Se subirá el SMI hasta alcanzar progresivamente el 60% del salario
medio en España tal y como recomienda la Carta Social Europea. Se
convocará la mesa del Dialogo Social al objeto de promover un acuerdo
que será la base para la propuesta del Gobierno. Se creará una Comisión
asesora del Ministerio de Trabajo y a disposición del Diálogo Social,
compuesta por profesionales de reconocido prestigio, académicos y
representantes de los sindicatos y empresarios, que estudiará la
evolución del SMI. Para su análisis se tendrán en cuenta, entre otras
cuestiones, el índice de precios de consumo, la productividad media
nacional alcanzada, el incremento de la participación del trabajo en la
renta nacional, y la coyuntura económica general.
12. Reducción de las Bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social

13. Contratación laboral
  • Revisión de los contratos formativos y aprobación y desarrollo del
    Estatuto del Becario para que su uso responda a finalidades
    exclusivamente formativas. Impulsarán la mejora de sus retribuciones y
    limitaremos el encadenamiento de periodos de prácticas y estableciendo
    un porcentaje máximo de becarios y becarias en las empresas.
  • Recuperar los derechos laborales en los procesos de modificación
    sustancial de las condiciones de trabajo, revisando las causas y el
    procedimiento, garantizando su reversibilidad y su carácter negociado.
  • Simplificar y reordenar el menú de contratos de trabajo. Reforzarán
    el principio de causalidad en la contratación temporal y las sanciones
    aplicables a su uso fraudulento de forma que la contratación indefinida
    sea la forma ordinaria de acceso al empleo, promoviendo las reformas
    legislativas necesarias para ello.
  • Explorar las opciones posibles para reducir la dualidad,
    favoreciendo el uso del contrato fijo discontinuo para actividades
    cíclicas y estacionales.
14. Conciliación y violencia en el trabajo
  • Se promoverá un pacto social y político por la racionalización de
    los horarios, que incluirá una Ley de usos del tiempo y racionalización
    de los horarios. Todo ello nos permitirá reorganizar completamente los
    tiempos de trabajo, ocio y cuidados.
  • Derecho a la desconexión y la adecuada gestión del tiempo de
    trabajo dentro de la normativa laboral, así como a la protección
    efectiva en casos de embarazo y lactancia.
  • Ratificación de la Carta Social Europea revisada y el Protocolo
    adicional a la Carta Social Europea y el Convenio 190 de la OIT sobre la
    eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, de 21
    de junio de 2019.
15. Empleadas del Hogar

Culminarán con carácter prioritario la plena integración en el
Régimen General de la Seguridad Social de las empleadas del hogar a lo
largo de la legislatura. Firmarán y ratificarán el Convenio número 189,
de 2011, de la Organización Internacional del Trabajo sobre las
trabajadoras y los trabajadores domésticos.
16. Prevención de Riesgos Laborales

Se actualizará el catálogo de enfermedades profesionales, así como el
procedimiento de notificación del accidente de trabajo. Además, se
evaluará con especial atención la prevención de nuevos riesgos asociados
al uso de las TIC, los psicosociales y de determinadas sustancias
químicas dañinas para la salud, así como la creciente digitalización y
robotización y las nuevas formas de organización del trabajo. Asimismo,
se incorporará la perspectiva de impacto de género en la prevención de
riesgos laborales.
17. Impulso de la lucha contra el fraude laboral (Inspección de Trabajo)

Para ello se apostará por el uso de las nuevas tecnologías,
automatizando y conectando procesos y Big Data de diversas unidades
administrativas y reforzando el sistema de control y sancionador. Los
esfuerzos se centrarán en tres áreas: 1) el abuso de la contratación
temporal concatenada sobre un mismo trabajador o trabajadora, o un mismo
puesto de trabajo; 2) el uso fraudulento del contrato a tiempo parcial
con jornadas no declaradas y 3) identificar relaciones extra laborales
que deberían articularse a través de contratos de trabajo como por
ejemplo falsos autónomos, falsos cooperativistas y falsos becarios.
Perseguirán el fraude de los falsos autónomos, prestando especial
atención a las situaciones en las que los ingresos obtenidos por los
trabajadores y las trabajadoras procedan de un único cliente o
empleador.
En el link adjunto encontrarán el texto íntegro del acuerdo programático:
https://ep00.epimg.net/descargables/2019/12/30/87348523b35b92d92f5702e3cc84d950.pdf
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,
José María Quintanar Isasi

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