Resultado de imagen de derecho europeo en los ciudadanos de los países miembros de la UE¿Europa? ¿Unión Europea? A veces parecen muy lejanas, pero lo cierto es que su influencia en nuestra vida cotidiana es mucho más importante de lo que se pudiera pensar. Una gran parte de nuestros derechos y obligaciones como ciudadanos derivan, de forma directa o indirecta, del derecho de la Unión Europea.

El Derecho de la Unión Europea establece una
serie de derechos individuales que se pueden invocar directamente ante
los órganos jurisdiccionales nacionales, tanto a nivel horizontal (entre
personas) como vertical (entre las personas y el Estado).
Es ciudadano de la Unión Europea toda persona que tiene la
nacionalidad de un Estado miembro de la UE. Esa condición le garantiza
una serie de derechos, muy útiles en el día a día, y le ofrece diversos
canales para que su voz se oiga en Europa. La legislación europea
defiende desde principios tan fundamentales como el derecho al voto o a
la libertad, hasta cuestiones más prácticas como la indemnización por el
retraso de un avión o el pago de tarifas justas en el sector de la
telefonía móvil. 
Tanto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
como la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE recogen la lista
completa de los derechos de los ciudadanos europeos.
Y esta derivación es posible a través de dos principios jurídicos
básicos del derecho europeo: el principio de PRIMACÍA y el principio de
EFECTO DIRECTO, sobre los que tratan estas líneas.
¿Por qué es tan importante el derecho europeo para los particulares?

Aunque el proyecto europeo es fundamentalmente una unión de estados y
pueda aparecer como algo muy ajeno a nosotros, ello no quiere decir que
no tenga repercusiones legales para los particulares.
Así, en principio, los ciudadanos españoles, -como los del resto de
países miembros de la UE-, estamos sometidos y tenemos que cumplir con
el derecho de nuestro propio país (lógico, ¿no?); pero, ojito, que este
«en principio» significa que, desde la integración de España en lo que
antes era la CEE (Comunidad Económica Europea) y ahora UE (Unión
Europea), ciertas normas que dictan los órganos de la UE también nos
pueden afectar directamente como ciudadanos, para bien o para mal.
¿Y ello por qué? Porque la firma de la integración en la entonces CEE
(ahora UE), llevaba aparejada una serie de consecuencias desde el punto
de vista legal, que aún hoy se mantienen y se seguirán manteniendo
mientras continuemos formando parte. No son unas consecuencias
específicas para España, sino que son las mismas para todos los estados
integrados en la UE:
  • CESIÓN DE SOBERANÍA: El estado que se
    integra cede competencias a favor de la organización europea; es decir,
    el estado admite que, en diversas materias,  es la UE la que dicta las
    normas y que su papel (el del Estado) queda limitado a aplicarlas, bien
    directamente o bien incorporándolas al derecho propio dictando leyes que
    recojan lo que dice la norma europea. Entre esas materias se incluyen
    algunas tan importantes como tributos, consumo, contratos  públicos,
    salud pública, etc.
  • PRIMACÍA DEL DERECHO EUROPEO Y EFECTO DIRECTO:
    El derecho de la UE tiene preferencia sobre el derecho de cada estado,
    en caso de conflicto. Es decir, que si la norma europea dice «A» pero la
    norma del país dice «B», será de aplicación preferente lo que diga la
    normativa europea, de forma que los particulares (ciudadanos y empresas)
    pueden alegar e invocar directamente en su favor la norma europea,
    tanto ante los tribunales de su país como ante los tribunales de la UE.
Este «efecto directo» del derecho europeo tiene dos aspectos que vale la pena destacar:
  • Un efecto directo VERTICAL que funciona en las
    relaciones entre los particulares y las diversas administraciones
    públicas (p.ej., cuando una empresa licita para conseguir un contrato
    público o cuando una norma europea fija unos estándares medioambientales
    mínimos). 
  • Un efecto directo HORIZONTAL que interviene en las
    relaciones entre particulares, lo que significa que un particular puede
    hacer valer directamente una norma europea frente a otro particular (en
    este sentido, es muy relevante la normativa europea de protección de
    los consumidores frente a las empresas).
A modo de resumen se podría decir que, aunque en este mundo
globalizado y cada vez más polarizado entre grandes actores
internacionales el papel exterior de la UE pueda ser discutible o
criticable, lo cierto es que desde un punto de vista interno resulta
innegable que ha tenido (y sigue teniendo) la virtud de haber armonizado
los derechos y obligaciones de millones de ciudadanos con culturas
sociales y políticas muy diversas, elevando el nivel de protección
jurídica de muchos de ellos. Y este es un mérito que en multitud de
ocasiones pasa desapercibido.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,
José María Quintanar Isasi

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